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jueves, 29 de noviembre de 2012

Aurelio Pastor: Siempre estuvo en casos oscuros


aurelio pastor 3El ministro aprista ya no quiere declarar.

Aurelio Pastor fue sospechoso de dos asesinatos de militantes apristas y de haber conmutado la pena a narcotraficantes; fue asesor de Fujimorista al dejar el APRA, y ahora es acusado de tráfico de influencias.


DETALLE
“Por respeto al carácter reservado del proceso dejaré de brindar declaraciones a (los) medios para evitar que se diga que perjudico investigación”, anunció ayer en su cuenta de Twitter, el exministro aprista Aurelio Pastor.
Analistas políticos manifestaron ayer que el exministro aprista Aurelio Pastor es un personaje muy cercano al expresidente Alan García y que siempre estuvo involucrado en casos oscuros, al comentar que está investigado por tráfico de influencias luego que la alcaldesa de Tocache, Corina de la Cruz, difundiera un audio en el que Pastor le pide 50 mil soles para evitar que sea vacada, gracias a sus amigos en el Jurado Nacional de Elecciones y la Corte Suprema.
Recordaron perlas del currículum de Pastor, como el caso de las conmutaciones de pena durante su gestión como ministro de Justicia a delincuentes condenados por delitos de narcotráfico y robo agravado; su vinculación con el asesinato de dos dirigentes apristas; su destitución como ministro tras el indulto al empresario televisivo José Enrique Crousillat, que él tramitó, y su suspensión en el APRA, ordenada el lunes pasado.
Sobre esto último, los apristas Luis Salgado y Jesús Guzmán consideraron que la medida de la Comisión Política del APRA es la mínima sanción que pudo aplicarse a quien es señalado como protegido de García.
“El audio refresca el pasado de Pastor en hechos nada santos y de corrupción, como el indulto a Crousillat, y es lo mínimo que se pudo haber hecho ahora en el Partido, ante las graves sospechas y poderosos indicios sobre Pastor en el delito de tráfico de influencias”, dijo Salgado.
Por su parte, Guzmán sostuvo: “Pastor siempre ha estado en hechos turbios y sinuosos. Todo un oportunista. Toda una joyita, pero que siempre ha estado protegido por la actual comisión política delAPRA”.
DESTITUCIÓN
Jesús Guzmán recordó que Pastor fue sacado del cargo de ministro de Justicia en el 2010, tras negarse a renunciar ante el escandalo desatado por las evidencias de que el indulto a Crousillat por razones de saludhabía sido un fraude, pues el exdueño de Canal 4 se lucía en perfecto estado.
El dirigente de Perú Posible Juan Sheput opinó que la salida de Pastor del gabinete aprista fue accidentada porque estuvo reacio a renunciar, pero al final, consideró, que García tuvo que cesarlo como una salida política a la crisis.
“Hizo un escándalo para que no lo saquen, pero Pastor fue solo un operador, porque solo ejercía órdenes superiores que llegaban de Palacio de Gobierno, porque es imposible que un ministro de Justicia le imponga al Presidente que firme un indulto escandaloso”, afirmó.
Salgado consideró que el indulto a Crousillat, investigado por la Megacomisión del Congreso, fue un grave hecho de corrupción, lo que debió ameritar la expulsión de Pastor del APRA, pero no fue así.
“El tema del indulto a Crousillat fue un acto claro de corrupción en el que hubo falsificación de documentos y en el que Pastor tuvo una participación directa”, expresó Salgado.
CONMUTACIONES
Otros casos en que está involucrado el excongresista es en lo referido a las conmutaciones de penas a delincuentes que cometieron delitos graves como el tráfico ilícito de Drogas y robo agravado.
El congresista de Solidaridad Nacional Heriberto Benítez señaló que Pastor viabilizó las reducciones de penas de manera ilegítima a casi dos mil presos que cometieron delitos graves, aprovechando la política de despoblamiento de las cárceles, impulsada por García.
“Lo grave es que se redujo penas a delincuentes que cometieron los más graves delitos y que lo habría hecho previo pago de dinero. Y tras la denuncia de la alcaldesa de Tocache, hoy comprobamos la conducta irregular de Pastor que tuvo en el tema de estas conmutaciones”, afirma Benítez.
Por este caso, explicó Benítez, ante el indebido otorgamiento de beneficios a delincuentes, Pastor podría ser inhabilitado para ejercer cargo público por diez años y si se comprueba que se dieron pagos de por medio, puede ser condenado a ocho años de prisión por el delito de corrupción de funcionarios.
ASESINATO
El excongresista estuvo involucrado en los asesinatos de Cronwell Villacorta, secretario de Organización delAPRA en el departamento de San Martín, y del militante William Vela, ocurridos el 30 de abril de 2003.
Luis Salgado recordó que “diversos testigos imputaban a Pastor de la muerte de los militantes apristas”.
Villacorta y Vela, militantes del APRA, eran un obstáculo para las ambiciones políticas de Pastor en la regiónSan Martín.
Según versiones periodísticas, el sicario Wellington Ríos acusó a Pastor de haberle solicitado “tumbar” (asesinar) a los dos apristas. Sin embargo, el asesino confeso fue asesinado de tres disparos en el abdomen y en la cabeza el 13 de diciembre de 2008.
Eleasin Fasabi Barrera, un menor que fue testigo de las muertes, falleció en febrero de 2004, en circunstancias sospechosas, aplastado por un madero mientras descargaba materiales de un camión.
Pero el juez Nicanor Torres, encargado de la investigación de los asesinatos de Villacorta y Vela, no se interesó en investigar la muerte del testigo, hecho calificado como asesinato por pobladores de la localidad.
Curiosamente, Nicanor Torres después se desempeñó como personero legal de Pastor en las elecciones del año 2006. “Pero Del Castillo cubrió a Pastor y no hubo ni siquiera sanciones disciplinarias en su contra ante estos actos de sangre”, manifestó Salgado.
HISTORIA Y DESHONRA
En el 2000, por obra de su socio comercial y político Jorge del Castillo, recordaron Salgado y Guzmán, Pastor logró hacerse incluir como candidato del APRA al Congreso representando al departamento de San Martín.
Al no ser elegido, se convirtió en tránsfuga al renunciar al APRA. Luego, como asesor del parlamentarioFujimorista Rolando Reátegui.
Pero Pastor volvió al poco tiempo al APRA. Salgado recordó que García y Del Castillo, colocaron a Pastor en una posición privilegiada. “Es un hombre muy cercano a García, por eso postuló nuevamente por elAPRA y lo pusieron luego como ministro de Justicia”, refirió Guzmán.
Salgado no dejó de destacar que el caso de Pastor es solo un detalle que refleja la crisis en la dirección del partido de Haya de la Torre.
“La denuncia en su contra se da en medio del escenario general de la crisis del partido, en que Alan Garcíaes el principal responsable. Este caso refleja la corrupción que carcome al Estado y a los partidos como elAPRA”, dijo Salgado a LA PRIMERA.  La Primera, 28.11.2012



La evaluación de docentes para el proceso de contratación periodo 2013,  se realizará el próximo 20 de enero en los lugares y locales determinados por las direcciones regionales de Educación (DRE).
El Ministerio de Educación, mediante Resolución Jefatural N° 3675-2012-ED, aprobó la Directiva N° 015-2012-MINEDU/SG-OGA-UPER denominada “Normas y Procedimientos para el proceso de evaluación, selección y contratación de docentes en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva en el Periodo Lectivo 2013”.
Para el proceso se deberá conformar el Comité de Contratación de la DRE y estará integrado por: el director o jefe de gestión Institucional de la DRE/UGEL, quien lo preside; el especialista administrativo de Personal, un especialistas en Educación de la Dirección/ Área de Gestión pedagógica; un especialista de Educación Intercultural Bilingüe (EIB)  de la Dirección/ Área de Gestión pedagógica, en el caso de que existan vacantes en instituciones educativas de EIB y como miembros alternos el jefe de gestión Pedagógica, jefe de gestión Administrativa y un especialistas en Educación de la Dirección/ Área de Gestión pedagógica de la DRE/UGEL.
La Dirección Regional de Educación de Lima Provincias (DRELP), conformará su Comité de Contratación y elaborará el respectivo cronograma para la aplicación de la Prueba Única Regional, para ello las unidades de gestión educativa local (UGEL), deberán remitir en el más breve plazo posible a la DRELP, las plazas vacantes y la relación de los docentes inscritos en sus respectivas instituciones, de acuerdo al cronograma referido.
Cabe indicar, que los trámites administrativos de fedateado, inscripción del postulante y presentación de expedientes, que se efectúen a nivel de DRE/UGEL según corresponda, son gratuitos.

Santa María, 29 de noviembre de 2012.

A casi un mes de finalizar el año 2012, la Dirección General de Gobierno Interior (DGGI) que despacha la Dra. Dacia Nena Escalante León ha emitido hasta 4 resoluciones que designan a nuevos gobernadores en los distritos yauyinos de Catahuasi, Putinza, Miraflores y Quinches.
En el distrito de Putinza han dado por concluido la designación del ex-gobernador Rostaing Moises Guiller Huapaya, mediante Resolución Directoral N° 9215-2012-IN/DGGI de fecha 26 de noviembre designa al Sr. Gabriel Gerardo Sandoval Reyes como su reemplazante.
En el caso del distrito de Catahuasi a través de este mismo medio habíamos informado que el 05 de setiembre de 2012 mediante Resolución Directoral N° 6645-2012-IN/DGGI habían dado por concluido la designación del Gobernador Sr. Rogelio Becquer Castro Ramírez, siendo el 26 de noviembre emitido la Resolución Directoral N° 9216-2012-IN/DGGI designando como nuevo gobernador al Sr. Esmerlin Iván Ascencio Peña.
Para el distrito de Quinches, mediante Resolución Directoral N° 9271-2012-IN/DGGI de fecha 27 de noviembre se designa como gobernador al Sr. José Cortez Chávez luego de la renuncia del ex-gobernador Sixto Ladislao Basurto Martínez
En el distrito de Miraflores se da a conocer que por motivos de fallecimiento del Sr. Amancio Glerio Salhuana Ravichagua, por lo que emiten la Resolución Directoral N° 9276-2012-IN/DGGI del 27 de noviembre que designa como su sucesora a la Sra. Palmira Violeta Ramos Flores. Todos los nuevos gobernadores deberán asumir sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes dispuesto por el Ministerio del Interior, como máximos representantes del gobierno nacional en los distritos.


El gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur, Ing. Genaro De Paz Moreno, superviso los trabajos de enrocado y defensa ribereña en el distrito de Huantan-Yauyos.
 Con la finalidad de proteger las áreas urbanas y agrícolas de posibles riesgos de inundación, la Oficina Regional de Defensa Civil continúa con los trabajos de defensa ribereña en las diferentes zonas de la región Lima, labores que se cumplen por encargo del presidente Javier Alvarado.

Ante la proximidad de la temporada de lluvias, los trabajos han sido intensificados en el distrito de Huantán de la provincia de Yauyos. De igual manera en el sector San Marcos del distrito de Pacarán y en la Bocatoma Nuevo Imperial del distrito de Lunahuaná, ambas jurisdicciones de la provincia de Cañete.

De acuerdo a la necesidad de cada zona se viene haciendo trabajos de encauzamiento, enrocado y descolmatación. Para tal propósito el Gobierno Regional de Lima ha desplegado maquinarias pesadas y personal calificado.

“Nuestra misión es proteger a la población de la región frente a la temporada de lluvias que se avecina”, manifestó el titular de Defensa Civil Ing. Cesar García Solano, quien exhortó a los pobladores que tienen sus casas o parcelas cerca a las riberas de los ríos brindar las facilidades necesarias, con la finalidad de avanzar los trabajos que se vienen efectuando.
Reforma Magisterial amplía a cuatro áreas y regula la permanencia, evaluación y capacitación de los docentes del magisterio. La norma ofrece oportunidades de evaluaciones extraordinarias y fija Remuneración Íntega Mensual.

<strong>Oficial.</strong> Ley de la Reforma Magisterial regirá sobre la carrera y desempeño de los docentes. (Andina)
Oficial. Ley de la Reforma Magisterial regirá sobre la carrera y desempeño de los docentes. (Andina)




El poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley de Reforma Magisterial que unifica en una sola norma a los docentes de la Ley del Profesorado y de la Ley de Carrera Pública, y que apunta a garantizar la meritocracia en el magisterio, según reportó hoy la Agencia Andina.
La Ley, oficializada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, consta de 79 artículos y 16 disposiciones transitorias que definen la carrera pública magisterial, regulan la formación del docente, la estructura de la carrera, los deberes y derechos de los profesores, la remuneración, las causas de cese, entre otros.
A diferencia de las normas anteriores, la Ley de Reforma Magisterial amplía a cuatro las áreas en las cuales puede desempeñarse los profesores (Gestión Pedagógica, Gestión Institucional, Formación Docente, Innovación e Investigación) y a ocho las escalas magisteriales en las que ascenderán a lo largo de su carrera profesional.
El artículo 23, sobre la permanencia en la carrera magisterial, establece, asimismo, que la evaluación del desempeño docente, es una condición para permanecer en la carrera magisterial, es obligatoria y se realiza cada 3 años como máximo.
Los profesores que no aprueben la evaluación en la primera oportunidad, reciben una capacitación de fortalecimiento de capacidades y luego se someten a una evaluación extraordinaria.
La norma les da dos oportunidades para ir a una evaluación extraordinaria, si no la aprueban, son retirados de la carrera pública. Crea, además, la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) para fijar el sueldo de los maestros.
El docente de la primera escala magisterial tendrá un sueldo equivalente al 100% de la RIM que la fijará el Ministerio de Educación, la misma que se irá incrementado en porcentaje hasta llegar a 260% para el maestro de la octava escala magisterial.
Establece también como causal de destitución, no presentarse a la evaluación de desempeño, haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, terrorismo, apología del terrorismo, incurrir en actos de violencia, concurrir al centro de trabajo el estado de ebriedad, entre otros.
La Ley de Reforma Magisterial fue aprobada el jueves por el Pleno del Parlamento. Puede descargar aquí laAutógrafa de la Ley aprobada por el Ejecutivo.

El ministro de Agricultura, Milton von Hesse, presentó plan que contempla una inversión de S/.1,000 millones en la construcción de canales, reservorios, entre otros.

(Andina)
(Andina)


El ministro de Agricultura, Milton von Hesse, señaló hoy que el programa “Mi Riego”, que contempla una inversión de S/.1,000 millones en obras de infraestructura de riego en la sierra, beneficiará a 250 mil personas en una primera etapa.
Durante el lanzamiento de dicho plan, explicó que la implementación se iniciará partir de enero de 2013 en las regiones con extrema pobreza rural, a fin de promover una verdadera revolución del agro en las zonas altoandinas del país.
Se contempla atender de modo prioritario a los pequeños productores a través del financiamiento de obras de manejo regulado de riego, como canales, reservorios, represas y otras de mejoramiento de infraestructura hidráulica.
El programa, que se iniciará con una inversión de S/.1,000 millones, incluye S/. 800 millones que serán destinados a la mejora de infraestructura hidráulica, S/.100 millones en la realización de estudios, y otros S/.100 millones en instalar sistemas de riego tecnificado.
Von Hesse detalló que además de la meta inicial de beneficiados, “Mi Riego” brindará atención en forma simultánea a un universo de 40 mil hectáreas con diversos cultivos.

REGLAMENTO DE ELECCIONES ASOCIACIÓN HIJOS DE VIÑAC- LIMA
TÍTULO I
Art. 1. El presente reglamento de elecciones, norma la organización, dirección y control de procedimiento eleccionario para el nuevo Consejo Directivo de la Asociación Hijos de Viñac 2013 - 2015 que se realizará en el cronograma siguiente:

Art.2.       El 25 de noviembre Asamblea General para aprobar el reglamento eleccionario.
a)       Se apertura la inscripción de lista de candidatos hasta el sábado 22 de diciembre del 2012.
b)       Elecciones generales el día 23 de diciembre del 2012

Art.3. La votación se realizará mediante el sistema de lista completa, el voto es secreto y obligatorio de todos los socios inscritos en el padrón de la Asociación Hijos de Víñac - Lima (AHVL). (Próxima publicación)

Art.4. Los asociados tienen derecho a ser elegido de acuerdo al estatuto de la asociación.

Art.5. Los miembros del Comité Electoral recibirán las listas postulantes al Consejo directivo, conformado por los siguientes cargos:
1.       Presidente
2.       Vicepresidente
3.       Secretario de Actas y archivos.
4.       Secretaria de Economía.
5.       Secretario de Educación y Cultura.
6.       Secretario de Organización y Asuntos Regionales.
7.       Secretario de prensa y propaganda
8.       Secretario de Asistencia Social.
9.       Secretario de Deportes y Recreación.

Art.6. Los cargos para el Consejo de Vigilancia serán elegidos junto con el Consejo Directivo. Pueden postular en la misma lista u otro y estarán conformados por:
a)       Presidente                           
b)       Secretario                            
c)       Vocal.

TITULO II
DEL COMITÉ ELECTORAL
Art.7. El comité electoral es el órgano responsable del acto eleccionario, constituye la autoridad máxima en materia electoral. Sus disposiciones son de carácter obligatorio y de estricto cumplimiento por los asociados en concordancia con el presente estatuto y el estatuto de la Asociación.

Art.8. Son atribuciones del Comité Electoral.
a)       Organizar, dirigir y controlar el proceso eleccionario.
b)       Determinar las mesas de sufragio de acuerdo con el padrón.
c)       Ejecutar el cómputo general de las elecciones y proclamar la lista ganadora, levantando el acta respectiva.
d)       Poner en conocimiento de los asociados cualquier cambio en el proceso eleccionario utilizando los medios de comunicación de mayor accesibilidad.
Art.9. Las funciones del Comité Electoral terminan inmediatamente después de la juramentación del nuevo Consejo Directivo.

TITULO III
DEL PADRÓN ELECTORAL.

Art.10. El padrón electoral será elaborado por el Comité Electoral en base a las fichas de inscripción del Libro de Socios de la Asociación Hijos de Víñac. Antes de las elecciones abonarán s/. 5,00 nuevo soles para los trámites de esta elección.

Art. 11. El padrón electoral constará de los siguientes datos:
Apellidos y nombres completos.
Número de D.N.I. .
Firma y huella digital
Art.l2. Los socios que no han sufragado serán multados con diez nuevos .soles (S/. 10.00).

TITULO IV
DE LOS CANDIDATOS

Art. 13. Podrán ser candidatos los socios que se encuentran debidamente empadronados y que reúnan los siguientes requisitos:
a)       Ser socio activo
b)       No haber sido expulsado de la asociación
c)       No tener cuentas pendientes con la institución.

Art. 14. Cada lista tendrá los 9 integrantes con sus respectivos cargos tal como dice el artículo 5 del reglamento electoral. También postularán 3 miembros para el cargo de vigilancia.

Art. 15. Cada lista tendrá un número de identificación determinado por el Comité Electoral.

Art. 16. Las listas iniciarán sus propagandas 24 horas después de haber sido declarados aptos y terminarán el día de las elecciones.

Art. 17. Cumpliendo el plazo de inscripciones, en caso de haber una sola lista las elecciones se realizarán mediante una asamblea general de asociados cargo por cargo y a mano alzada a las 5, 20 pm..

Art. 18. De no haber listas, se procederá a elecciones cargo por cargo, en la fecha de elecciones fijada, en una asamblea pública a partir de las 5:30’ pm.

TITULO V DEL SUFRAGIO

Art. 19. El acto de sufragio se realizará en la sede institucional Wiñaccancha de 2:00 pm. A 5:00 pm del día 23 de diciembre del 2012..

Art.20. Los electores se identificaran con D.N.I. y su recibo de pago para estas elecciones.

Art.21. Los sufragantes emitirán su voto de la siguiente forma:
Recibirán una cédula de sufragio, pasará a la cámara secreta, marcará con un aspa el número correspondiente dentro del recuadro.
No permanecerá por más de 1 minuto.
Firmará el padrón electoral.

Art.22. La votación concluirá a la hora indicada.

Art.23. Terminado la votación, el presidente de mesa anotará en el padrón electoral la frase: No votó al costado de los asociados que no asistieron a la elección.

TITULO VI
DEL ESCRUTINIO

Art.24. El escrutinio se efectuará después del cierre de votación.

Art.25. Los miembros de mesa procederán al escrutinio, teniendo como observadores a los personeros de cada lista.

Art.26. El presidente de mesa, luego de abrir el ánfora, verificara que el número de votos sea igual al número de firmas del padrón.

Art.27. El presidente de mesa abrirá cada uno de las cédulas de sufragio procediendo a dar lectura una por una y mostrará a los personeros para su conformidad.

Art.28. El presidente de mesa escuchará con atención las razones de impugnaciones al voto, y lo que decide el Comité Electoral será inapelable.

Art.29. Son validos los votos efectuados conforme a lo establecido en el reglamento electoral.

Art.30. Concluido el escrutinio se levantará el acta electoral respectiva, que debe de contener los siguientes datos:

a)       Total de votantes
b)       Número de electores que no sufragare
c)       Lista de ganadores y perdedores
d)       Número de votantes o votos validos por cada lista.
e)       Número de votos nulos.
f)         Número de votos blancos.
g)       Indicación de la hora de inicio y término del escrutinio.
h)       El acta electoral será firmado por cuadruplicado por los miembros de mesa y los personeros.

TITULO VII
DEL CÓMPUTO Y DE LA PROCLAMACION

Art.33. El Comité Electoral revisará el cómputo general con los Respectivos personeros.

Art.34. Una vez finalizado el cómputo general, el Comité Electoral procederá a proclamar la lista ganadora, con ella  dará por finalizado el proceso electoral.

tÍtulo viii
de la juramentacion

Art.35. el comité Electoral juramentará a la lista ganadora el mismo día, luego de finalizar el cómputo

DISPOSICIONES FINALES

Primero. El mandato del Concejo Directivo será por 2 años
Segundo. La asamblea general se reserva el derecho a resolver la revocatoria al mandato de la Junta Directiva
Tercero. El Comité Electoral resolverá las impugnaciones al momento y antes de la juramentación.
Aprobado el 25 de noviembre a las 6:47’ en el local Wiñaccancha.

Wiñaccancha, 25 de noviembre del 2012

   Pedro García Huari                               Rómulo Romero Centeno                 Fidel Madueño Auris
    PRESIDENTE                                              SECRETARIO                                     TESORERO
REFERENCIAS DE LA DANZA En la danza que presentamos se prefiere que los integrantes de la comparsa sean solteros y todos bailan por devoción. La danza acompaña al la imagen patronal durante el recorrido de la procesión y en los lugares de mayor trascendencia ejecutan la coreografía. En la coreografía bailan de preferencia en líneas paralelas de hombres y mujeres haciendo parejas y realizando figuras clásicas, por regla general todas las figuras estan destinadas a mostrar al chuncho como un personaje dispuesto a obedecer ordenes y ser molestados por las muchachas, los chunchos buscan en todo momento conquistar a la dama. Usan bastones los cuales cruzan y forman figuras. La dama baila zapateando con garbo y se muestra airosa durante todo el baile manteniendo el orden, mientras que el Chuncho es inquieto, alegre, busca llamar la atención y enamorar, es el desorden y la comedia. Como complemento del espíritu jocoso de la coreografía, se busca involucrar a todos los presentes, saliendo los chunchos a conquistar a las damas espectadoras. La música se toca en arpa, violín y flauta o quenilla. Tiene dos partes: la entrada o pasacalle y luego la melodía del chuncho propiamente, intercalando el canto de las damas al Santo Patrón. El vestuario muestra en los varones la cushma a usanza de los nativos de la selva , un bastón y una mascaypacha con adornos, máscara de tela metálica y complementan con pantalón negro camisa blanca y corbata, usan zapatos de buena suela Las mujeres lucen hermosos anacos, cotón de origen incaico, hermosos anacos, faja tejida, corona de flores, pañuelos bordados cuelgan en la cintura y adornos de collares adornan su pecho, completan con su chuncho-palo o bastón con adorno de flores en el extremo superior, usan zapatos cerrados de taco.
jueves, 22 de noviembre de 2012

ULISES RODRIGUEZ, APUNTO DE SER CAPTURADO. DENIEGAN SU HABEAS CORPUS.....


Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro ha sufrido un nuevo revés en su defensa por recobrar su libertad. El juez de Chincha declararó INFUNDADA la demanda interpuesta por su abogado, Jesús Gamero Donayre, sobre demanda Constitucional de Hábeas Corpus.
Así lo determinó el Juez Dr. Luís Armando Gutiérrez Fajardo al considerar que no se ha vulnerado el derecho al debido proceso, tutela efectiva, y derecho de defensa irrestricta, como lo venía reclamando.
La Resolución Nº 07, emitida el pasado 19 de octubre fue clara y precisa al considerar que sus argumentos no tienen sustento como en el caso que alega de no haberse enterado de una notificación a una audiencia donde se le iba a dar lectura de sentencia en el proceso judicial que mantiene desde el año 2003, cuando fue alcalde de la provincia de Yauyos.
Quedaron claro las leguleyadas y dilaciones asumidas por su defensa ya que no tuvo domicilio procesal, no dejó autorización para la recepción de notificación a persona alguna, inclusive dejó sin efecto su domicilio procesal en Yauyos e inclusive en su centro de trabajo.
El abogado del actual consejero regional hizo lo posible –a entender de la resolución- para que no le llegue las notificaciones del Poder Judicial, de allí que reclamara que se había vulnerado el debido proceso.
Sin embargo, considera el juez chinchano que el agraviado ha tenido conocimiento de la programación de las audiencias, que las notificaciones han surtido sus efectos de hacer conocer al agraviado que la audiencia se realizaría el 17 de agosto, pues para ello se ha tenido en cuenta en la resolución cuestionada que el beneficiario a través de su abogado defensor ha pretendido justificar su inasistencia a aquél día, ya que presentó un escrito justificando su inasistencia, anexando un certificado de incapacidad temporal.
Tras el análisis de la defensa y la interpretación del juez considera que la demanda debe ser desestimada al no haberse acreditado la vulneración a los derechos de la libertad acusados en los hechos de la demanda.
Ante este duro revés legal, se sabe que la defensa del cuestionado Rodríguez Lázaro ha presentado una apelación, la misma que ha debido ser elevada a la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Chincha, que si no resuelve a su favor le dejará abierta la posibilidad de que presente un recurso de Agravio constitucional contra la resolución denegatoria ante el Tribunal Constitucional.
Si el Tribunal Constitucional no le da la razón, puede acudir a la Corte Internacional. Sin lugar a dudas, que el momento por el que atraviesa el polémico ex alcalde provincial yauyino es difícil ya que mientras no pueda tener a su favor una acción de hábeas corpus, peligra su situación en el Consejo Regional de Lima, ya que no tendrá como sustentar su prolongado alejamiento y por más que sus colegas le “den la mano”, dando alargues a sus certificados de salud, en cualquier momento cualquier ciudadano podría solicitar su suspensión o vacancia del cargo.


CAÑETE AL DIA.-Más de mil doscientos cepas de plantones de paltas fuerte serán destinadas por la Municipalidad Distrital de San Pedro de Pilas, a los fruticultores de los valles de San Mateo y Chilla. Así lo anunció el Alcalde pileño, Celso Tolentino Soriano.

De esta manera, la autoridad municipal considera que se da inicio a una modernización de la actividad frutícola en dichos valles, ya que según estudios técnicos realizados por los especialistas; dichas tierras están consideradas como óptimas para el cultivo de paltas, duraznos huayco y chirimoyas por lo que se debe aprovechar dicha fortaleza del suelo pileño, argumentó.

El aporte municipal se brinda en virtud al convenio con los furticultores.de Chilla y San Mateo quienes se han organizado en una asociación y serán los responsables del cultivo de las paltas. En San Mateo, don Isaac Soriano Vivas y en Chilla don Godofredo Quispe Matos presiden dichas asociaciones. Además la Municipalidad brindará un asesoramiento y capacitación a los agricultores a través de un ingeniero de la Universidad Agraria de la Molina, especializado en el manejo, y cultivo de paltas. Se espera, que con este aporte inicial de la municipalidad, los asociados puedan en el lapso de tres años, tener unos cinco mil plantones en ambos valles.

San Pedro de Pilas, es un distrito con muchas tierras eriazas y una actividad agrícola muy incipiente y de subsistencia por lo que el Alcalde distrital viene promoviendo entre los agricultores la necesidad de fomentar una actividad moderna y destinada al mercado para que el trabajo sea rentable. Mediante la asociatividad los pileños podrán conseguir créditos, semillas, capacitación y mercados, indicó. Se espera que de aquí a cinco años Pilas esté comercializando paltas, y duraznos de calidad, a gran escala.
DENUNCIARAN A ALCALDE DE YAUYOS POR LA INADECUADA CONSTRUCCION DE LA IE DE AUCO YAUYOS, POR UN VALOR DE 180 MIL INCONCLUSO Y AGRIETADO;  con acta de verificacion `por miembros responsables de forsur..!

Con fecha dieciséis de noviembre de dos mil doce el Jurado Nacional de Elecciones ha emitido la Resolución N° 1071-2012-JNE donde da a conocer la conclusión del proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012 convocado mediante Resolución N° 561-2012-JNE, de fecha 31 de mayo de 2012, cuyo acto eleccionario se realizó el 30 de setiembre de 2012.
En dicha resolución el JNE da a conocer también la relación de las circunscripciones donde se revocaron a más de un tercio de las autoridades de los concejos municipales, lista en la que no figura ninguna municipalidad de la provincia de Yauyos que habían ingresado en dicha convocatoria.
Además en su artículo tercero declara que en las circunscripciones de Tupe, Tomas, Viñac, Hongos y Catahuasi se revocaron a menos del tercio del número legal de miembros del respectivo concejo municipal, por lo tanto no se llevarán a cabo nuevas elecciones para elegir nuevas autoridades, sino que solo se completarán para culminar el periodo municipal.
Asimismo en el artículo cuarto declara que en las circunscripciones de Azángaro, Chocos y Omas no se revocó a ninguna de las autoridades municipales sometidas a consulta, porque votaron menos del 50% de electores, por lo que estas continúan en funciones en sus respectivos concejos municipales, en el periodo de gobierno municipal 2011 - 2014.
Mientras que en lo que respecta al distrito de Tanta da a conocer que mediante Resolución N° 919-2012-JNE, de fecha 15 de octubre de 2012, que en virtud a haberse declarado la nulidad de la consulta popular de revocatoria de las autoridades municipales realizada el 30 de setiembre de 2012, al concurrir la causal de nulidad prevista en el artículo 363, inciso b, de la LOE, se convocara oportunamente, a un nuevo Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales. La fecha podría ser el próximo 07 de julio de 2013, día en que se llevará a cabo la segunda consulta popular del periodo.
Nuevas autoridades municipales asumirán funciones para completar periodo municipal
En el artículo quinto de la Resolución N° 1071-2012-JNE declara también que en los concejos municipales en los que se ha hecho efectiva la revocatoria de uno o más de sus miembros, se ha incorporado a los accesitarios respectivos para que completen el concejo municipal y puedan cumplir el periodo municipal 2011-2014, siendo para los distritos de la provincia de Yauyos:
Tupe:
- Al regidor Pablo Eter Casas Vilca con DNI 15351747 como Alcalde
- Angel Maximiliano Peña Ramírez con DNI  16150707 como Regidor y
- Yuditt Roxana Manrique Erasmo con DNI 41703201 como Regidora
Tomas:
- Martin Ruperto Castro Ángeles con DNI 16309291 como Regidor
- Zulema Cenaida Dionisio Delgadillo con DNI 46713305 como Regidora
Viñac:
- Al regidor Efraín Huamán Meneses con DNI 42210079 como Alcalde
- Vilma Donata Fernandez Casas con DNI 16307726 como Regidora
- Manuel Teodocio Meneses Barrios con DNI 15356900 como Regidor
Hongos:
Mientras que en este distrito ocurre un caso anecdótico que todo parece indicar se trataría de un error que tendrá que ser rectificado por el JNE al haberse consignado como nuevo regidor al Sr. Germán Sulluchuco Rojas con DNI 09135482 (ciudadano de Viñac) como regidor del distrito de Hongos, sin embargo las nuevas autoridades serían:
- Darío Gaudencio Tupac Flores con DNI 42036222 como Regidor
- Edelina Meguelina Santos Huamán con DNI 44890668 como Regidora
Esta última también consignada como nueva regidora de Catahuasi, error que debería ser corregida por el máximo órgano electoral.
Catahuasi:
- Leonor Huari Ramírez con DNI 6304456 como Regidora
Esperemos que estas nuevas autoridades convocadas puedan trabajar de manera concertada y participativa para asentar la gobernabilidad en cada uno de los pueblos.

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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