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miércoles, 8 de agosto de 2012

ALCALDE DE TOMAS - YAUYOS SE QUEDA... ASI LO DISPUSO EL JNE


CONCLUSIÓN

Por lo expuesto, al haberse valorado de manera conjunta y con criterio de conciencia los medios probatorios contenidos en autos, este órgano colegiado concluye que Élmer Avelino Bonilla Castillo, alcalde de la Municipalidad de Distrital de Tomas, provincia de Yauyos, departamento de Lima, no ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Edward Raúl Bautista Melo y Yerogov Garay Díaz, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 0012-2012-MD-T, de fecha 27 de abril de 2012, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra Élmer Avelino Bonilla Castillo, alcalde de la Municipalidad de Distrital de Tomas, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.
  
SIVINA HURTADO

PEREIRA RIVAROLA

AYVAR CARRASCO

VELARDE URDANIVIA

Bravo Basaldúa
Secretario General
ama

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     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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