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De ahora en adelante, las personas que aspiren a obtener la licencia de conducir -en cualquier clase o categoría- deberán contar necesariamente con secundaria completa, según lo dispuso el día de ayer el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Esa exigencia se encuentra en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, publicado ayer en las normas legales del diario oficial El Peruano con las firmas de la titular de Transportes, Verónica Zavala, y el jefe del Estado, Alan García Pérez.
El reglamento –de carácter nacional- establece además que los aspirantes al brevete de Clase A, categoría-1, deberán tener una edad mínima de 18 años y contar con el respectivo certificado médico de aptitud psicosomática.
También se exige el certificado de aprobación del examen de normas de tránsito o presentar el certificado de profesionalización del conductor, así como aprobar el examen de manejo para la referida categoría y efectuar los pagos correspondientes por derecho a tramitación.
La norma establece otros requisitos para las demás categorías y clases de brevetes.
Discapacitados y mayores de 16 años…
El documento señala que el postulante con discapacidad física sólo podrá obtener dicha licencia, siempre y cuando las medidas que adopte le permitan conducir el vehículo sin riesgo, pero éstas deberán estar señaladas entre las restricciones del brevete de esta categoría.
Las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles, según lo dispuesto por el Código Civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría, precisa el reglamento.
Revalidación cada 8 años…
De acuerdo con este documento, la licencia de conducir de la clase A y la categoría I (A-I) se revalidará cada ocho años, previa aprobación de un nuevo examen psicosomático y el examen de normas mas de tránsito, además del pago correspondiente por derecho a trámite.
Se indica además que a partir de los 65 años de edad, el conductor deberá renovar cada año su licencia de conducir de cualquier categoría.
El presente reglamento busca, entre otras cosas, regular las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder a una licencia para conducir vehículos automotores y no motorizados por las vías públicas terrestres a nivel nacional y su clasificación.
Alcanza a todas las personas naturales, pero también a las personas jurídicas que aspiren y obtengan una autorización como establecimiento de salud encargado de la toma de exámenes de aptitud psicosomática para licencia de conductor.

1 comentarios:

Unknown dijo...

Señores porque los telefonos de la municipalidad no contestan todos en general como se pueden comunicar uno como ciudadano para de esta manera evitar viajes largos le escribo desde TRUJILLO

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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