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AUTO N.° 2  

Lima, veintinueve de abril de dos mil catorce

VISTO el expediente de traslado de solicitud de suspensión presentado por Luis Napoleón Ponce Martínez contra Luis Alberto Perez Tomas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huampará, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

CONSIDERANDOS

1.    Por medio del Auto N.° 1, de fecha 11 de diciembre de 2013, se corrió traslado de la solicitud de suspensión al citado concejo distrital, generándose el presente expediente, con el objeto de documentar y de verificar su trámite.

2.    Recibida la solicitud de suspensión en la citada municipalidad, se convocó a sesión extraordinaria de concejo municipal para el día 5 de marzo de 2014. Contra el acuerdo arribado en dicha sesión, el solicitante interpuso recurso de apelación.

3.    En tal sentido, el solicitante presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones el mencionado recurso de apelación, generándose así el Expediente N.° J-2014-00407.

4.    En consecuencia, al haber cumplido con el procedimiento respectivo en el presente expediente de traslado, corresponde disponer su archivo y agregarlo como acompañado al expediente en que se tramita la apelación.
                                                        
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto por Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 24 de enero de 2013, que otorga facultades a los magistrados que a continuación suscriben, estos, en uso de sus atribuciones,

RESUELVEN

Artículo único.- Disponer el ARCHIVO del presente expediente y AGREGARLO como acompañado al Expediente N.° J-2014-00407.

SS.

AYVAR CARRASCO



RODRÍGUEZ VÉLEZ



Samaniego Monzón
Secretario General                                                                                                  

agon

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     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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