La Comisión de Capacitación de la Corte de Huaura, organizó ésta importante conferencia dirigida a los servidores judiciales y público en general que se realizó a las 5 p.m. en el auditorio “Ernesto Giusti Acuña”.
El Dr. Juan Paredes Cusquisiban integrante de la Comisión de Capacitación se encargó de dar la bienvenida a los asistentes. Antes de finalizar la ponencia, hizo entrega de un diploma al Dr. Ulises Rojas Gómez, abogado de la defensoría Pública de Huaura.
Alcances a considerar sobre la Persona con discapacidad, es aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad.
SITUACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ
El 13 % de la población del Perú, más de tres millones de personas, presenta alguna minusvalía, es decir una discapacidad severa acompañada de la ausencia de integración a la sociedad. Y un 31 % de personas del total de los peruanos presentan algún tipo de discapacidad. Así lo sostiene el estudio realizado en 1993 por los médicos y personal especializado del Instituto Nacional de Rehabilitación, del Instituto Nacional de Estadística y de la Organización Panamericana de la Salud.
Esta situación se aprecia en los resultados de algunos estudios: Entre los niños hasta 5 años de edad, sólo el 2.88 % sufre una minusvalía. Este porcentaje sube a 9.93 para los niños de 6 a 14 años y a 11.66% para jóvenes y adultos entre los 15 y 44 años.
Se evidencia un salto significativo de la incidencia de minusvalía en el rango de 6 a 14 años, 3.5 veces más con respecto al rango anterior.
No se sabe exactamente cuantas personas con discapacidad existen en nuestro país. La información es incompleta e imprecisa. Se trata de un asunto que no es aun visible para los expertos, y menos aún para la sociedad
Derechos concernientes: La persona con discapacidad tiene iguales derechos, que los que asisten a la población en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 7 de la Constitución Política, de la presente Ley y su Reglamento.
Papel de la Familia: La familia tiene una labor esencial frente al logro de las acciones y objetivos establecidos en esta Ley. El Estado ofrecerá a la familia capacitación integral (educativa, deportiva, de salud, de incorporación laboral, etc.) para atender la presencia de alguna discapacidad en uno o varios miembros de la familia.
ESTRUCTURA DEL CONADIS
Creación del Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad
Se crea el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.(*)
(*) De conformidad con el Artículo 2 de la Ley N° 29146, publicada el 13 diciembre 2007, se precisa que se encuentra plenamente vigente el presente Artículo.
El CONADIS formulará, implementará y ejecutará programas específicos con cada uno de los sectores no comprendidos en la conformación del Consejo Nacional.“
La Secretaría Ejecutiva del CONADIS estará a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
El Ministerio de Salud, en coordinación con el CONADIS, programa y ejecuta los planes de prevención primaria de las enfermedades y otras causas que generen discapacidad. Asimismo, ejecuta y coordina con el IPSS y con los establecimientos de salud de los Ministerios de Defensa y del Interior las acciones que permitan la atención de enfermedades establecidas para su prevención secundaria. En cuanto a la prevención terciaria, ejecuta y promueve la ampliación de la cobertura de atención de las personas con discapacidad orientándose a la rehabilitación efectiva.
El Dr. Juan Paredes Cusquisiban integrante de la Comisión de Capacitación se encargó de dar la bienvenida a los asistentes. Antes de finalizar la ponencia, hizo entrega de un diploma al Dr. Ulises Rojas Gómez, abogado de la defensoría Pública de Huaura.
Alcances a considerar sobre la Persona con discapacidad, es aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad.
SITUACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ
El 13 % de la población del Perú, más de tres millones de personas, presenta alguna minusvalía, es decir una discapacidad severa acompañada de la ausencia de integración a la sociedad. Y un 31 % de personas del total de los peruanos presentan algún tipo de discapacidad. Así lo sostiene el estudio realizado en 1993 por los médicos y personal especializado del Instituto Nacional de Rehabilitación, del Instituto Nacional de Estadística y de la Organización Panamericana de la Salud.
Esta situación se aprecia en los resultados de algunos estudios: Entre los niños hasta 5 años de edad, sólo el 2.88 % sufre una minusvalía. Este porcentaje sube a 9.93 para los niños de 6 a 14 años y a 11.66% para jóvenes y adultos entre los 15 y 44 años.
Se evidencia un salto significativo de la incidencia de minusvalía en el rango de 6 a 14 años, 3.5 veces más con respecto al rango anterior.
No se sabe exactamente cuantas personas con discapacidad existen en nuestro país. La información es incompleta e imprecisa. Se trata de un asunto que no es aun visible para los expertos, y menos aún para la sociedad
Derechos concernientes: La persona con discapacidad tiene iguales derechos, que los que asisten a la población en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 7 de la Constitución Política, de la presente Ley y su Reglamento.
Papel de la Familia: La familia tiene una labor esencial frente al logro de las acciones y objetivos establecidos en esta Ley. El Estado ofrecerá a la familia capacitación integral (educativa, deportiva, de salud, de incorporación laboral, etc.) para atender la presencia de alguna discapacidad en uno o varios miembros de la familia.
ESTRUCTURA DEL CONADIS
Creación del Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad
Se crea el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.(*)
(*) De conformidad con el Artículo 2 de la Ley N° 29146, publicada el 13 diciembre 2007, se precisa que se encuentra plenamente vigente el presente Artículo.
El CONADIS formulará, implementará y ejecutará programas específicos con cada uno de los sectores no comprendidos en la conformación del Consejo Nacional.“
La Secretaría Ejecutiva del CONADIS estará a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
El Ministerio de Salud, en coordinación con el CONADIS, programa y ejecuta los planes de prevención primaria de las enfermedades y otras causas que generen discapacidad. Asimismo, ejecuta y coordina con el IPSS y con los establecimientos de salud de los Ministerios de Defensa y del Interior las acciones que permitan la atención de enfermedades establecidas para su prevención secundaria. En cuanto a la prevención terciaria, ejecuta y promueve la ampliación de la cobertura de atención de las personas con discapacidad orientándose a la rehabilitación efectiva.
0 comentarios:
Publicar un comentario