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martes, 26 de junio de 2012

VACANCIA DEL ALCALDE DE QUINCHES EN LA RECTA FINAL

    Así lo dio a conocer el día de hoy con la publicación de la resolución (Auto) el Jurado Nacional de Elecciones, en donde a mas tardar la primera semana de julio se estaría programando la audiencia de la solicitud de Vacancia del Sr Zacarias Romero Quiroz, cuyo recurso de Apelacion fue presentado por el 1º Regidor el sr; Cayo Abel Michuy Rodríguez, quien en los próximos días podría SER EL FLAMANTE ALCALDE DE QUINCHES. Así lo dispuso el órgano colegiado del Jurado Nacional de Elecciones, este final de fotografía, dará mucho que hablar y traerá consigo muchos comentarios de lo cual se tendra que acatar y lo que Resuelva en Instancia definitiva este honorable pleno.

AUTO N.° 1

Lima, veintiuno de junio de dos mil doce

VISTOS los recursos de apelación interpuestos por Édgar Jhon Huerta Trinidad el 6 de junio de 2012 (Expediente N.° J-2012-00778), y por Cayo Abel Michuy Rodríguez, de fecha 12 de junio de 2012 (Expediente N.° J-2012-00806), contra el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del Concejo Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima, de fecha 24 de mayo de 2012, que declaró infundada e improcedente su solicitud de vacancia contra Zacarías Raymundo Romero Quiroz, alcalde del citado concejo distrital, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Mediante las Resoluciones N.° 0777-2011-JNE, del 22 de noviembre de 2011, y N.° 151-2012-JNE, del 29 de marzo de 2012, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, declaró nulos los acuerdos adoptados en las sesiones extraordinarias del 6 de julio de 2011 —en la cual se aprobó la solicitud de vacancia contra el entonces regidor Zacarías Raymundo Romero Quiroz— y del 21 de diciembre de 2011 —en la que se declaró infundada la solicitud de vacancia presentada por Édgar Jhon Huerta Trinidad—, respectivamente, requiriendo en ambas oportunidades al alcalde y a los regidores para que convoquen a una nueva sesión extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia contra Zacarías Raymundo Romero Quiroz, alcalde del Concejo Distrital de Quinches, previa notificación del afectado, sin descuidar el procedimiento establecido en la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), y la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG).

Luego, con el Oficio N.° 1892-2012-SG/JNE, del 23 de mayo de 2012, se requirió a la Municipalidad Distrital de Quinches a efectos de que informe acerca del cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N.° 151-2012-JNE, dictada por este Supremo Tribunal.

Con fecha 6 de junio de 2012, Édgar Jhon Huerta Trinidad presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones recurso de apelación contra el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del Concejo Distrital de Quinches, de fecha 24 de mayo de 2012, que declaró infundada e improcedente su solicitud de vacancia contra Zacarías Raymundo Romero Quiroz, alcalde del citado concejo distrital, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM. Asimismo, con fecha 12 de junio de 2012, Cayo Abel Ramos Michuy también presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones recurso de apelación contra el mencionado acuerdo.

Posteriormente, el 14 de junio de 2012, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Quinches remitió al Jurado Nacional de Elecciones el expediente administrativo del proceso de vacancia iniciado en su contra, en virtud al recurso de apelación interpuesto por Édgar Jhon Huerta Trinidad ante esta sede.

CONSIDERANDOS

1.   En este caso, existe una evidente vinculación entre la petición formulada por Édgar Jhon Huerta Trinidad, y el recurso de apelación interpuesto por Cayo Abel Ramos Michuy, toda vez que los dos se encuentran referidos a manifestar su disconformidad con el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del Concejo Distrital de Quinches, de fecha 24 de mayo de 2012, en tanto que ambas se refieren a la misma solicitud y procedimiento de declaratoria de vacancia en sede municipal, y se encuentran sustentadas —por respaldo o cuestionamiento— en el acuerdo de concejo del 24 de mayo de 2012.

Asimismo, en vista de la existencia de un interés público sobre lo que se resuelva en los procedimientos de declaratoria de vacancia, este órgano electoral considera procedente disponer la acumulación de los Expedientes N.° J-2012-00778 y N.° J-2012-00806.

2.   Por otro lado, a fojas 8 (Expediente N.° J-2012-00778) se encuentra el escrito de fecha 14 de junio de 2012, mediante el cual se observa que la Municipalidad Distrital de Quinches ha elevado las piezas procesales necesarias para la vista de la causa, por lo que corresponde disponer que la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones señale fecha para la audiencia pública de los recursos de apelación.

3.   En consecuencia, este órgano colegiado entiende que resulta plenamente legítimo acumular los Expedientes N.° J-2012-00778 y N.° J-2012-00806, a efectos de mejor resolver. Del mismo modo, al contar con todos los elementos para programar la vista de la causa, este Supremo Tribunal dispone que el área correspondiente señale fecha para la respectiva audiencia pública con el objeto de no dilatar más el procedimiento de vacancia

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo primero.- ACUMULAR los Expedientes N.° J-2012-00778 y N.° J-2012-00806.

Artículo segundo.- DISPONER que la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones señale fecha para la vista de la causa y su correspondiente notificación a las partes.

SS.

SIVINA HURTADO


PEREIRA RIVAROLA


MINAYA CALLE


DE BRACAMONTE MEZA


VELARDE URDANIVIA



Bravo Basaldúa
Secretario General                                                                                                          
mpb


1 comentarios:

Mario dijo...

La verdad que me parece genial pero quien asuma va a tener que ser honesto para la gente, y que me deje trabajar tranquilamente con la ford

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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