CONDENARON A ULISES RODRÍGUEZ LÁZARO CON 04 AÑOS DE PENA
PRIVATIVA SUSPENDIDA POR EL DELITO DE PECULADO A LA MP DE YAUYOS. EL PROXIMO
CASO ES FALSIFICACION DE DOCUMENTOS
El término peculado se emplea en el ámbito del derecho para
nombrar al delito que se concreta cuando una persona se queda con el dinero
público que debía administrar. El peculado, por lo tanto, forma parte de lo que
se conoce comúnmente como corrupción.
EL EMBLEMATICO CASO ULISES RODRIGUEZ LAZARO, SIGUE DANDO QUE
HABLAR, TODA VEZ QUE FUE SENTENCIADO POR ROBARLE DINERO AL ESTADO, ES DECIR POR
PECULADO, A CUATRO AÑOS DE NO PODER EJERCER NINGUNA ELECCION, Y DOS AÑOS DE
INHABILITACION PARA PARTICIPAR EN CUALQUIER ESTAMENTO DEL ESTADO, ES DECIR DE
NO HACER CASO EN LAS REGLAS DE CONDUCTA, SERA PRISIONERO NUEVAMENTE EN TAL
SENTIDO LA ULTIMA SEMANA FUE SU LECTURA DE SENTENCIA QUE FUE DE LA SIGUENTE MANERA:
La Sala resuelve:
1.- CONDENANDO a Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, COMO AUTOR
DEL DELITO DE PECULADO EN AGRAVIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Y EL
ESTADO, en tal virtud lo IMPONEN 04 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
SUSPENDIDA CONDICIONALMENTE por el término de 03 años, establecieron COMO REGLA
DE CONDUCTA:
a) PROHIBICIÓN DE AUSENTARSE DEL LUGAR DE SU RESIDENCIA SIN
AUTORIZACIÓN DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN.
b) COMPARECER PERSONAL Y OBLIGATORIAMENTE AL JUZGADO POR 30
DÍAS, PARA INFORMAR Y JUSTIFICAR SUS ACTIVIDADES.
c) PAGAR LA REPARACIÓN CIVIL, BAJO APERCIBIMIENTO, EN CASO
DE INCUMPLIMIENTO HACERSE LOS APERCIBIMIENTO DE LEY.
2.- Dispusieron la inmediata libertad DEL SENTENCIADO,
siempre y cuando no exista otro mandato de detención.
3.- 02 AÑOS DE INHABILITACIÓN.
4.- Fijar por S/.25,000 nuevos soles por concepto de
REPARACIÓN CIVIL, QUE DEBERÁ PAGAR EL SENTENCIADO en razón de S/.15,000 nuevos
soles a la Municipalidad Provincial de Yauyos y S/.10,000 nuevos soles AL
ESTADO.
Culminado LECTURA DE SENTENCIA el FISCAL INTERPONE RECURSO
DE NULIDAD EN EL EXTREMO DE ABSOLUCIÓN Y LA PENA DEL DELITO SENTENCIADO Y
DEFENSA DEL ACUSADO TAMBIÉN INTERPONE RECURSO DE NULIDAD.
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