INAUDITO, LA SALA PENAL DE CAÑETE SANCIONA SUPUESTAMENTE A ESTA EX AUTORIDAD POR HABER COMETIDO ILÍCITOS PENALES EN EL CARGO, HASTA ESTUVO PRÓFUGO DE LA JUSTICIA, Y DECLARADO REO CONTUMAZ, SIN EMBARGO ESTA MISMA SALA , PARA SUJETOS COMO ESTE ES MUY CONTEMPLATIVO INCLUSO LE DA SENTENCIA SUSPENDIDA, ES DECIR SALE DEL PENAL A PESAR DE QUE ESTE SEÑOR TIENE UN ROSARIO DE HECHOS CUESTIONABLES,…
SIN EMBARGO EL DELITO POR EL CUAL HA SIDO SENTENCIADO Y DONDE EL AGRAVIADO ES EL ESTADO , LO CUAL SON DELITOS QUE SOBREPASAN LOS CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, ME REFIERO AL MÍNIMO ,. POR LO TANTO ESE TIPO DE SANCIÓN CONFORME A LOS DIVERSOS ACUERDOS PLENARIOS ,ASÍ COMO LAS JURISPRUDENCIAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL , NO PUEDEN SER SENTENCIADOS CON PENA PRIVATIVA A LA LIBERTAD CON CARÁCTER DE SUSPENDIDA; POR ESA RAZÓN FUE QUE INCLUSO , ESTUVO DECLARADO REO CONTUMAZ, PORQUE SE PRESUMÍA QUE LA LECTURA DE SU SENTENCIA IBA A SER CONDENADO CON PENA PRIVATIVA A LA LIBERTAD EFECTIVA,…QUIERE DECIR QUE O LOS INTEGRANTES DE ESTA SALA PENAL HAN INCURRIDO EN EL PRESUNTO DELITO DE PREVARICATO Y ENCUBRIMIENTO PERSONAL , CON ESTE TIPO DE RESOLUCIONES EMITIDAS FUERA AL TEXTO EXPRESO Y CLARO DE LA LEY.
ASÍ MISMO EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO QUE DEBE VELAR POR LA RECTA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SOBRE TODO QUE EL AGRAVIADO ES EL ESTADO PERUANO ; ES DECIR LA SALA SUPERIOR HA EMITIDO UNA RESOLUCIÓN NO SOLO FUERA DE LEY , SINO EN PERJUICIO DE LA ENTIDAD POR EL CUAL REPRESENTA , QUE ES EL ESTADO PERUANO Y POR ESTE ESTADO VIENEN SIENDO REMUNERADOS ESTOS JUECES Y FISCALES,…
POR LO TANTO ES RESPONSABILIDAD DEL FISCAL DE INTERPONER EL RECURSO IMPUGNATORIO CONTRA LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA SALA SUPERIOR CONFORME EL CASO AMERITA; ASÍ COMO HACER LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE ANTE EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Y ANTE EL FISCAL DE LA NACIÓN POR ESTOS ACTOS PREVARICADORES A TENOR QUE SI SE HACE LA QUEJA ANTE LA ODECMA DE CAÑETE , MUCHOS DE ESTOS JUECES SE FAVORECEN ENTRE ELLOS CUANDO SON INVESTIGADOS,…
EXIGIMOS LA PRONTA ACCIÓN DEL FRENTE DE DEFENSA DE YAUYOS Y DE CAÑETE,. ADEMÁS EL ACCIONAR DEL SUPUESTO COLECTIVO ANTICORRUPCIÓN DE LA REGIÓN , QUE AHORA PRÁCTICAMENTE YA NO EXISTE , NO SE LE ESCUCHA, ….. QUE PASO ,…DONDE ESTÁN ,,,,,, SOLO SE LES ESCUCHO HASTA ANTES DE LAS ULTIMAS ELECCIONES DEL AÑO 2014,…
LA NOTA;
ALVARADO LLEGARA A CANTERA ANUNCIO ULISES RODRIGUEZ. TRAS MÁS DE 12 AÑOS DE PROCESO PENAL, EL DÍA DE AYER FUE SENTENCIADO EL CUESTIONADO EX ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS, ULISES RODRÍGUEZ LÁZARO, QUIEN SEGUÍA EL PROCESO RECLUIDO EN EL PENAL DE CANTERA, EN NUEVO IMPERIAL.
LA SALA PENAL DICTÓ LA SENTENCIA CONDENÁNDOLO POR EL DELITO DE PECULADO, PERO CON SENTENCIA SUSPENDIDA, ES DECIR CUMPLIRÁ LA CONDENA EN LIBERTAD, TENIENDO QUE FIRMAR EN UN LIBRO, MENSUALMENTE, EN EL PODER JUDICIAL.
DESAFIANTE Y SIN TEMOR LUEGO DE RECIBIR EL SALUDO DE SUS FAMILIARES Y AMIGOS EL EX CONSEJERO REGIONAL GRITO QUE PRÓXIMAMENTE ALVARADO LLEGARA AL PENAL DE CANTERA.
ESTAS SON LAS ACUSACIONES QUE PESAN SOBRE ULISES RODRIGUEZ Y QUE TODAVÍA NO TIENE LA CALIDAD DE COSA JUZGADA, POR LO QUE EL PUEBLO EXIGE QUE EL FISCAL SUPERIOR A CARGO DEL CASO EN COMENTO IMPUGNE , CON LA FINALIDAD QUE ESTOS HECHOS REALIZADOS NO QUEDEN IMPUNES, Y SE HAGA JUSTICIA, SEAN VEHEMENTES CONTRA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS ELEGIDOS POR ELECCIÓN POPULAR Y NO SOLO ACTÚEN CON EXIGENCIA CONTRA LOS CIUDADANOS QUE ROBAN CELULARES DE 50 SOLES Y QUE NO LLEGAN A LA CANTIDAD DE DINERO POR LA CUAL SE LES INVESTIGAN A LOS POLÍTICOS,..
1.- CONSTRUCCIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL:
EJECUTADA CON RECURSOS DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL MEDIANTE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA EN VARIAS ETAPAS, NO ENCONTRÁNDOSE CONTRATO, CARTA FIANZA DE GARANTÍA, INFORME TÉCNICO Y ACTA DE ENTREGA DE CULMINACIÓN.
A.- EN 1996 SE OTORGA BUENA PRO POR S/. 174,837.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 199,589.04.
B.- EN 1997 SE OTORGA BUENA PRO POR S/. 121,430.16 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 147,092.17.
C.- EN 1998 SE EJECUTA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR S/. 16,283.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 24,855.92.
D.- EN 1999 SE EJECUTA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR S/. 46,232.50 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 50,923.51.
2.- REMODELACIÓN DEL PARQUE CONSTITUCIÓN:
OBRA QUE SE INICIA EL 03 DE JULIO DE 1996 APROBADA CON UN PRESUPUESTO DE S/. 171,300.00 NUEVOS SOLES CON RECURSOS DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL FONCOMUN HABIÉNDOSE EFECTUADO GASTOS ADICIONALES SIN SUSTENTO TÉCNICO EN PERJUICIO DE LA MUNICIPALIDAD POR S/. 182,993.95 NUEVOS SOLES. OBRA QUE SE ENCUENTRA EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACIÓN PESE A CONTAR RECIÉN CON UNA ANTIGÜEDAD DE CINCO AÑOS.
3.- REMODELACIÓN DEL ESTADIO MUNICIPAL DE YAUYOS:
LA OBRA NO FUE CULMINADA PESE A LA INVERSIÓN FUERTE DE SUMAS DE DINERO QUE SE DISPUSIERON MEDIANTE LA METODOLOGÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA. SE SEMBRÓ “CHUNQUÍN” EN VEZ DE GRASS QUE HABÍA SIDO PRESUPUESTADO. SE REALIZÓ EN TRES FASES:
A.- EN 1997 SE EJECUTA POR ADJUDICACIÓN DIRECTA TENIENDO UN PRESUPUESTO DE S/. 108,600.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL LA SUMA DE S/. 136,082.60.
B.- EN 1999 SE EJECUTA TAMBIÉN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA POR LA SUMA DE S/. 16,561.42, INVIRTIÉNDOSE S/. 29,739.82.
C.- EN 2000 SE SIEMBRA GRASS POR ADJUDICACIÓN DIRECTA CON UN PRESUPUESTO DE S/. 26,893.95, TENIENDO UN COSTO REAL DE S/. 26,966.04.
4.- CONSTRUCCIÓN DEL COLISEO MUNICIPAL DE YAUYOS:
FUE OTORGADA POR ADJUDICACIÓN DIRECTA PARA REDUCIR COSTOS, LAS MISMAS QUE SE INICIARON CON IRREGULARIDADES, SIENDO NECESARIO MODIFICARLA AMPLIANDO SU PRESUPUESTO, LOS MISMOS QUE ERAN PROVENIENTES DE FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL. SE OTORGÓ LA BUENA PRO POR LA SUMA DE S/. 112,000.00.
5.- PRÉSTAMO DEL BANCO DE LA NACIÓN POR S/. 770,000.00:
SEGÚN INFORME CON ESE DINERO SE COMPRÓ UN TRACTOR ORUGA D6G HP CATERPILLAR POR S/. 640,349.29, ADEMÁS DE LOS GASTOS DE LICITACIÓN DE S/. 7,461.20.
ADEMÁS SE PROCEDIÓ A ADQUIRIR UNA CAMIONETA NISSAN 4X4 DOBLE CABINA POR S/. 28,262.50 ADEMÁS DE S/. 2,876.57 POR GASTOS DE TRANSPORTE, PASAJES, VIÁTICOS Y OTROS.
EL SALDO ASCENDENTE A S/. 29,050.40 SE HABRÍA UTILIZADO PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRAS Y PAGO DE HONORARIOS PRESUMIBLEMENTE QUE YA ESTABAN PRESUPUESTADAS.
EN ESTE CASO SE HA DETERMINADO QUE LAS UNIDADES MÓVILES FUERON SOBREVALORADAS PARA SU ADQUISICIÓN. POR OTRA PARTE EXISTIRÍAN SUMAS DE DINERO PRODUCTOS DEL ALQUILER DE LOS VEHÍCULOS ADQUIRIDOS QUE PRESUNTAMENTE FUERON DEPOSITADOS EN UNA CUENTA CORRIENTE, DESCONOCIÉNDOSE BALANCE ALGUNO NI DESTINO DE ESTOS RECURSOS, LOS QUE EN TODO CASO HABRÍAN SIDO APROPIADOS.
EJECUTADA CON RECURSOS DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL MEDIANTE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA EN VARIAS ETAPAS, NO ENCONTRÁNDOSE CONTRATO, CARTA FIANZA DE GARANTÍA, INFORME TÉCNICO Y ACTA DE ENTREGA DE CULMINACIÓN.
A.- EN 1996 SE OTORGA BUENA PRO POR S/. 174,837.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 199,589.04.
B.- EN 1997 SE OTORGA BUENA PRO POR S/. 121,430.16 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 147,092.17.
C.- EN 1998 SE EJECUTA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR S/. 16,283.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 24,855.92.
D.- EN 1999 SE EJECUTA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR S/. 46,232.50 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL S/. 50,923.51.
2.- REMODELACIÓN DEL PARQUE CONSTITUCIÓN:
OBRA QUE SE INICIA EL 03 DE JULIO DE 1996 APROBADA CON UN PRESUPUESTO DE S/. 171,300.00 NUEVOS SOLES CON RECURSOS DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL FONCOMUN HABIÉNDOSE EFECTUADO GASTOS ADICIONALES SIN SUSTENTO TÉCNICO EN PERJUICIO DE LA MUNICIPALIDAD POR S/. 182,993.95 NUEVOS SOLES. OBRA QUE SE ENCUENTRA EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACIÓN PESE A CONTAR RECIÉN CON UNA ANTIGÜEDAD DE CINCO AÑOS.
3.- REMODELACIÓN DEL ESTADIO MUNICIPAL DE YAUYOS:
LA OBRA NO FUE CULMINADA PESE A LA INVERSIÓN FUERTE DE SUMAS DE DINERO QUE SE DISPUSIERON MEDIANTE LA METODOLOGÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA. SE SEMBRÓ “CHUNQUÍN” EN VEZ DE GRASS QUE HABÍA SIDO PRESUPUESTADO. SE REALIZÓ EN TRES FASES:
A.- EN 1997 SE EJECUTA POR ADJUDICACIÓN DIRECTA TENIENDO UN PRESUPUESTO DE S/. 108,600.00 INVIRTIÉNDOSE AL FINAL LA SUMA DE S/. 136,082.60.
B.- EN 1999 SE EJECUTA TAMBIÉN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA POR LA SUMA DE S/. 16,561.42, INVIRTIÉNDOSE S/. 29,739.82.
C.- EN 2000 SE SIEMBRA GRASS POR ADJUDICACIÓN DIRECTA CON UN PRESUPUESTO DE S/. 26,893.95, TENIENDO UN COSTO REAL DE S/. 26,966.04.
4.- CONSTRUCCIÓN DEL COLISEO MUNICIPAL DE YAUYOS:
FUE OTORGADA POR ADJUDICACIÓN DIRECTA PARA REDUCIR COSTOS, LAS MISMAS QUE SE INICIARON CON IRREGULARIDADES, SIENDO NECESARIO MODIFICARLA AMPLIANDO SU PRESUPUESTO, LOS MISMOS QUE ERAN PROVENIENTES DE FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL. SE OTORGÓ LA BUENA PRO POR LA SUMA DE S/. 112,000.00.
5.- PRÉSTAMO DEL BANCO DE LA NACIÓN POR S/. 770,000.00:
SEGÚN INFORME CON ESE DINERO SE COMPRÓ UN TRACTOR ORUGA D6G HP CATERPILLAR POR S/. 640,349.29, ADEMÁS DE LOS GASTOS DE LICITACIÓN DE S/. 7,461.20.
ADEMÁS SE PROCEDIÓ A ADQUIRIR UNA CAMIONETA NISSAN 4X4 DOBLE CABINA POR S/. 28,262.50 ADEMÁS DE S/. 2,876.57 POR GASTOS DE TRANSPORTE, PASAJES, VIÁTICOS Y OTROS.
EL SALDO ASCENDENTE A S/. 29,050.40 SE HABRÍA UTILIZADO PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRAS Y PAGO DE HONORARIOS PRESUMIBLEMENTE QUE YA ESTABAN PRESUPUESTADAS.
EN ESTE CASO SE HA DETERMINADO QUE LAS UNIDADES MÓVILES FUERON SOBREVALORADAS PARA SU ADQUISICIÓN. POR OTRA PARTE EXISTIRÍAN SUMAS DE DINERO PRODUCTOS DEL ALQUILER DE LOS VEHÍCULOS ADQUIRIDOS QUE PRESUNTAMENTE FUERON DEPOSITADOS EN UNA CUENTA CORRIENTE, DESCONOCIÉNDOSE BALANCE ALGUNO NI DESTINO DE ESTOS RECURSOS, LOS QUE EN TODO CASO HABRÍAN SIDO APROPIADOS.
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