Quienes desde siempre hemos venido luchando por el desarrollo de nuestros pueblos, de Lima Provincias, en la década del 80 teníamos como una de nuestras mas sentidas aspiraciones la creación de lo que llamamos la Región Autónoma de Lima Provincias (RALP) en base a la progresista Constitución de 1979 que impulsaba la descentralización, Carta Magna suscrita por el mas ilustre de los peruanos Dr. Víctor Raúl Haya de la Torre que por primera vez en la historia política del Perú creaba el Distrito Electoral de Lima Provincias, que a la vez fue uno de los fundamentos básicos para exigir la creación de dicha Región Autónoma de Lima Provincias integrada por nuestras 9 provincias como ahora lo es. Precisamente el texto de la Quinta Disposición General y Transitoria de la Carta Política de 1979 dice lo siguiente:
QUINTA.-El proceso electoral 1979-80 se rige por el Decreto Ley 14250 de 5 de Diciembre de 1962, con las modificaciones y adiciones que se consignan en una norma especial, la cual necesariamente debe observar:
3.- La distribución de las diputaciones entre los siguientes distritos electorales:
a) La Provincia de Lima;
b) Las demás provincias del departamento de Lima;
c) Cada uno de los demás departamentos de la Republica; y
d) La Provincia Constitucional del Callao.
LIMA PROVINCIAS Y SUS 9 CURULES
Como puede observarse el Distrito Electoral de Lima Provincias esta consignado en el señalado inciso b) Las demás provincias del departamento de Lima, vale decir las 9 provincias de Huaura, Yauyos, Huarochiri, Cajatambo, Oyón, Huaral, Canta, Barranca y Cañete para haberse convertido luego en igual numero de Curules (9), la misma que fue liquidada con el golpe de estado de 1992 dejándonos sin representación parlamentaria y la historia ahora se revierte, es decir, antes luchábamos para que en base al Distrito Electoral de Lima Provincias debía crearse nuestra Región Lima Provincias mientras que ahora luchamos para que en base a la Región Lima Provincias se nos restituya el Distrito Electoral que nos corresponde.
QUINTA.-El proceso electoral 1979-80 se rige por el Decreto Ley 14250 de 5 de Diciembre de 1962, con las modificaciones y adiciones que se consignan en una norma especial, la cual necesariamente debe observar:
3.- La distribución de las diputaciones entre los siguientes distritos electorales:
a) La Provincia de Lima;
b) Las demás provincias del departamento de Lima;
c) Cada uno de los demás departamentos de la Republica; y
d) La Provincia Constitucional del Callao.
LIMA PROVINCIAS Y SUS 9 CURULES
Como puede observarse el Distrito Electoral de Lima Provincias esta consignado en el señalado inciso b) Las demás provincias del departamento de Lima, vale decir las 9 provincias de Huaura, Yauyos, Huarochiri, Cajatambo, Oyón, Huaral, Canta, Barranca y Cañete para haberse convertido luego en igual numero de Curules (9), la misma que fue liquidada con el golpe de estado de 1992 dejándonos sin representación parlamentaria y la historia ahora se revierte, es decir, antes luchábamos para que en base al Distrito Electoral de Lima Provincias debía crearse nuestra Región Lima Provincias mientras que ahora luchamos para que en base a la Región Lima Provincias se nos restituya el Distrito Electoral que nos corresponde.
EXIGIR EL DEBATE DEL DICTAMEN DE COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
Debemos saludar las diversas gestiones y esfuerzos que se vienen haciendo para lograr la Restitución de nuestro Distrito Electoral tanto por ciudadanos en forma individual, por organizaciones civiles, por los Alcaldes y particularmente por la Comisión Especial de Creación del Distrito Electoral de Lima Provincias creada por Acuerdo del Concejo Regional de Lima N° 98-2007-CR/GRL y precisada por Acuerdo de Concejo N° 31-2008, la misma que dirige Marianela Junco, nuestra Consejera Regional por Huaura, aunque por razones estratégicas no solo se debe “Exigir a la Comisión Ordinaria De constitución y Reglamento que Dictamine sobre el proyecto de Creación del Distrito Electoral LP” como indica el Acuerdo de Consejo N° 146-2008-CR/GRL, sino mas bien debemos exigir la puesta en agenda el debate del Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso que APRUEBA el Distrito Electoral de Lima Provincias al precisar que “el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales” que es justamente lo que venimos peleando y que para mayor ilustración trascribo la parte pertinente del dictamen:
Ley que crea los Distritos Electorales para Lima Provincias y para peruanos residentes en el Extranjero y establece medidas para la protección de sus derechos.
Artículo 1º.- Objeto de la Ley.
Modificase el artículo 21º de la Ley Nº 26859, modificado por la Ley Nº 27387, Ley Orgánica de Elecciones, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 21º.- Los Congresistas de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio.
La elección de Congresistas a que se refiere el artículo 90º de la Constitución Política del Perú, se realiza mediante el sistema de Distrito Electoral Múltiple, aplicando el método de la cifra repartidora, con doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional.
Para efectos del párrafo precedente, el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales, uno por cada departamento a excepción del departamento de Lima, que se subdivide en los distritos electorales de la provincia de Lima y de Lima - Provincias, uno por la Provincia Constitucional del Callao y uno denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Jurado Nacional de Elecciones asigna a cada Distrito Electoral un escaño, distribuyendo los demás escaños en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito, a excepción del distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero que tendrá dos escaños, uno para el continente que tenga mayor número de población electoral y el otro para el resto de continentes."
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Debemos saludar las diversas gestiones y esfuerzos que se vienen haciendo para lograr la Restitución de nuestro Distrito Electoral tanto por ciudadanos en forma individual, por organizaciones civiles, por los Alcaldes y particularmente por la Comisión Especial de Creación del Distrito Electoral de Lima Provincias creada por Acuerdo del Concejo Regional de Lima N° 98-2007-CR/GRL y precisada por Acuerdo de Concejo N° 31-2008, la misma que dirige Marianela Junco, nuestra Consejera Regional por Huaura, aunque por razones estratégicas no solo se debe “Exigir a la Comisión Ordinaria De constitución y Reglamento que Dictamine sobre el proyecto de Creación del Distrito Electoral LP” como indica el Acuerdo de Consejo N° 146-2008-CR/GRL, sino mas bien debemos exigir la puesta en agenda el debate del Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso que APRUEBA el Distrito Electoral de Lima Provincias al precisar que “el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales” que es justamente lo que venimos peleando y que para mayor ilustración trascribo la parte pertinente del dictamen:
Ley que crea los Distritos Electorales para Lima Provincias y para peruanos residentes en el Extranjero y establece medidas para la protección de sus derechos.
Artículo 1º.- Objeto de la Ley.
Modificase el artículo 21º de la Ley Nº 26859, modificado por la Ley Nº 27387, Ley Orgánica de Elecciones, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 21º.- Los Congresistas de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio.
La elección de Congresistas a que se refiere el artículo 90º de la Constitución Política del Perú, se realiza mediante el sistema de Distrito Electoral Múltiple, aplicando el método de la cifra repartidora, con doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional.
Para efectos del párrafo precedente, el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales, uno por cada departamento a excepción del departamento de Lima, que se subdivide en los distritos electorales de la provincia de Lima y de Lima - Provincias, uno por la Provincia Constitucional del Callao y uno denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Jurado Nacional de Elecciones asigna a cada Distrito Electoral un escaño, distribuyendo los demás escaños en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito, a excepción del distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero que tendrá dos escaños, uno para el continente que tenga mayor número de población electoral y el otro para el resto de continentes."
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DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Actuación normativa del Jurado Nacional de Elecciones.
El Jurado Nacional de Elecciones aprobará las disposiciones legales necesarias para implementar lo establecido en el artículo 1º de la presente ley.
Segunda.- Adecuación del Reglamento del Congreso de la República.
.....
Lamentablemente la Comisión de Constitución y Reglamento simplemente JAMAS discutió el proyecto a pesar de ser un proyecto presentado por el mismísimo Dr. Alan García Pérez, Presidente Constitucional de la Republica; en cambio el dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores fue aprobado en junio del 2007 luego de haberse estudiado y discutido los Proyectos de Ley Nº 506/2006-CR, Proyecto de Ley N° 579 y Proyecto de Ley N° 611/2006-PE, todos relativos a nuestro distrito electoral. Por consiguiente debemos seguir dando seguimiento a este dictamen en alianza con los representantes de nuestros compatriotas en el exterior que con total justicia igualmente exigen estar representados en el Congreso de la Republica.
Primera.- Actuación normativa del Jurado Nacional de Elecciones.
El Jurado Nacional de Elecciones aprobará las disposiciones legales necesarias para implementar lo establecido en el artículo 1º de la presente ley.
Segunda.- Adecuación del Reglamento del Congreso de la República.
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Lamentablemente la Comisión de Constitución y Reglamento simplemente JAMAS discutió el proyecto a pesar de ser un proyecto presentado por el mismísimo Dr. Alan García Pérez, Presidente Constitucional de la Republica; en cambio el dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores fue aprobado en junio del 2007 luego de haberse estudiado y discutido los Proyectos de Ley Nº 506/2006-CR, Proyecto de Ley N° 579 y Proyecto de Ley N° 611/2006-PE, todos relativos a nuestro distrito electoral. Por consiguiente debemos seguir dando seguimiento a este dictamen en alianza con los representantes de nuestros compatriotas en el exterior que con total justicia igualmente exigen estar representados en el Congreso de la Republica.
¿PARA QUÉ EL DISTRITO ELECTORAL?
Finalmente, creo que es oportuno plantearse para que queremos la restitución de nuestro distrito electoral, pienso que, entre otros temas que desarrollaremos mas adelante, para lo siguiente:
La ejecución del Proyecto de Asfaltado de la Carretera Huacho-El Ahorcado-Sayán-Churin-Oyón-Huanuco.
Permitir que las Organizaciones de base como las Comunidades Campesinas, las Medianas y Pequeñas Empresas o los Comedores Populares tengan prioridad para ser proveedores de las entidades del sector público en la Región.
La expropiación de los predios abandonados de lo que fue Industrias Pacocha, ubicados en el Moderno Malecón Roca de Huacho, cuyos terrenos expropiados deben ser destinados a la construcción de viviendas.
Declarar en estado de emergencia las obras de descontaminación de la Playa Chorrillos a fin de ejecutar el proyecto de alcantarillado de Huacho.
Promover la inversión privada para la construcción de un Nuevo Puerto en la “Playa El Paraíso” o en la “Bahía Salinas” de Huacho.
Lima, de marzo de 2009.
Finalmente, creo que es oportuno plantearse para que queremos la restitución de nuestro distrito electoral, pienso que, entre otros temas que desarrollaremos mas adelante, para lo siguiente:
La ejecución del Proyecto de Asfaltado de la Carretera Huacho-El Ahorcado-Sayán-Churin-Oyón-Huanuco.
Permitir que las Organizaciones de base como las Comunidades Campesinas, las Medianas y Pequeñas Empresas o los Comedores Populares tengan prioridad para ser proveedores de las entidades del sector público en la Región.
La expropiación de los predios abandonados de lo que fue Industrias Pacocha, ubicados en el Moderno Malecón Roca de Huacho, cuyos terrenos expropiados deben ser destinados a la construcción de viviendas.
Declarar en estado de emergencia las obras de descontaminación de la Playa Chorrillos a fin de ejecutar el proyecto de alcantarillado de Huacho.
Promover la inversión privada para la construcción de un Nuevo Puerto en la “Playa El Paraíso” o en la “Bahía Salinas” de Huacho.
Lima, de marzo de 2009.
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