ENVÍANOS TU INFORMACION

foxyform
viernes, 9 de mayo de 2014

Denuncian A Moza Arata En El Congreso





(VÍDEO) El Congresista Elard Melgar Valdez denunció ante el pleno del Congreso de la República las irregularidades y proselitismo político que se viene realizando en provincia de Cañete con la Gobernadora Angélica Arata Tasso, Prima del Presidente Ollanta Humala Tasso, asi mismo mencionó la grave situación de la inseguridad ciudadana en ésta zona.

0 comentarios:

Viernes, 09 de Mayo 2014  |  10:39 am
Pobladores de Huancaya y Yauyos bloquearon puente por minera
Créditos: RPP/Referencial
Ellos están en contra el proyecto minero de la empresa Ancovilca, pues temen la afectación de la reserva paisajista Nor Yauyos-Cochas.
  • Pobladores de Huancaya y Yauyos bloquearon con tranqueras un puente en la zona de Carmachay, región Lima, para impedir el ingreso y salida de vehículos y maquinaria pesada de la empresa minera Ancovilca.

Según los pobladores, el proyecto minero atenta contra el medio ambiente y afectará el área protegida de la reserva paisajista Nor Yauyos-Cochas.

Los comuneros expresaron su rechazo a las actividades y pusieron en duda el estudio de impacto ambiental.

Ellos exigen al Ministerio de Energía y Minas la consulta previa
 EL ING. LUIS PONCE MARTINEZ JEFE DE LA OFICINA DE SERVICIOS GENERALES EN COMPAÑIA DE TODOS LOS MIEMBROS DE DICHA DEPENDENCIA
El próximo 12 de mayo, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) celebrará su 463er aniversario de fundación, razón que colma de orgullo a toda la comunidad sanmarquina. Como se recuerda, el 12 de mayo de 1551 nuestra alma máter fue creada mediante real cédula suscrita por el rey Carlos V, en la ciudad de Valladolid, España.

Para homenajear a la Decana de América, la Comisión de Aniversario, presidida por la Dra. Eleucy Pérez, alista un variado programa de actividades académicas, culturales y artísticas que se llevarán a cabo en diversas sedes sanmarquinas y locaciones externas.

3 de mayo
Fortaleciendo su compromiso con el desarrollo y bienestar de la ciudadanía, la UNMSM, a través del Vicerrectorado Académico y la Secretaría General, en coordinación con el Gobierno Regional del Callao, organizará, a partir de las 8:00 a.m., una actividad de proyección social en la explanada de la Ciudad de Pachacútec, en Ventanilla.

En esta actividad participarán cerca de 200 representantes de las 20 Facultades sanmarquinas y sus correspondientes Centros de Extensión Universitaria y Proyección Social (CEUPS), quienes proporcionarán información sobre sus labores académicas, culturales y de servicio a la comunidad, así como respecto a su oferta educativa, y perfil y ámbito laboral del egresado.

En este evento, también, se brindarán consejerías jurídicas, psicológicas, educativas y de atención de salud –atención odontológica, nutricional, análisis de hemoglobina y en algunos casos despistaje de tuberculosis–; a la par de charlas de orientación vocacional a jóvenes de cuarto y quinto año de secundaria. Igualmente, se realizarán atenciones veterinarias y tratamientos de desparasitación.
Dra. Eddy Luz Juárez y representantes de CEUPS, en reunión de trabajo con el vicepresidente del Gobierno Regional del Callao y funcionarios en el Centro de Salud Pachacútec.
5 de mayo
El izamiento de banderas se efectuará, a las 10:00 a.m., en la Plaza Fray Tomás de San Martín, en la Ciudad Universitaria; seguido por la colocación de ofrendas florales a dicho gestor de la fundación de nuestra universidad. Asimismo, San Marcos distinguirá a los estudiantes que ostenten los mejores puntajes en cada área académica. Posteriormente, se efectuará el tradicional desfile de las delegaciones de Facultades y dependencias sanmarquinas.
  
6 de mayo
InnovArte es el proyecto artístico-cultural, organizado por el Vicerrectorado Académico (VRA), que se presentará, a partir de las 10 a.m., en el auditorio Rosa Alarco de la Biblioteca Central. Este proyecto reúne diversas obras de artistas plásticos y visuales. Por la tarde –a las 3:00 p.m.–, en el referido auditorio, el VRA premiará a los proyectos ganadores del II Concurso de Responsabilidad Social Universitaria.
La Comisión de Aniversario visitó la zona donde se realizará la actividad de proyección social en Pachacútec para efectuar las coordinaciones respectivas.
7 de mayo
El Vicerrectorado de Investigación (VRI) en coordinación con la Secretaría General presentarán, al mediodía, una exposición de arte en el Centro Cultural de San Marcos. Por la tarde –a las 5:00 p.m.–, en el auditorio Rosa Alarco de la Biblioteca Central, el VRI concederá un justo reconocimiento a los investigadores destacados en el año 2013.

8 de mayo
La fiesta sanmarquina no estaría completa sin el tradicional Festival de Folklore Interfacultades, que se iniciará a partir de las 3:00 p.m., en la Plaza Fray Tomás de San Martín. Además, se realizará un pasacalle y se premiará al mejor carro alegórico.

9 de mayo
Noche de Gala: Concierto de la Orquesta Sinfónica Nacional Juvenil, dirigido por el maestro Wilfredo Tarazona Padilla, en el auditorio central del Cuartel General del Ejército, a partir de las 7:00 p.m.

UNMSM hacia el V Centenario.
12 de mayo
En el día central se ha programado a las 6:00 a.m. un espectáculo de bombardas que recorrerá diferentes lugares en donde nuestra universidad realizó sus actividades desde su fundación, pasando por la Iglesia de Santo Domingo hasta llegar al Centro Cultural de San Marcos. Después, a las 9:30 a.m., se realizará la ofrenda floral a la Virgen de la Antigua en la Basílica Catedral de Lima.

Mientras que a las 10:00 a.m. se celebrará una misa especial oficiada por el cardenal Juan Luis Cipriani. Finalmente, al mediodía, en el Centro Cultural de San Marcos, tendrá lugar la sesión solemne por el aniversario de nuestra alma máter.

Como todos los años, la UNMSM conferirá una de sus más altas distinciones: Doctor Honoris Causa a ilustres personalidades del mundo académico, político y cultural; en este caso, otorgará este reconocimiento a los señores embajadores, doctores José Antonio García Belaunde y Allan Wagner Tizón por sus destacadas participaciones como parte del equipo jurídico que defendió la posición peruana en el litigio marítimo con Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

AUTO N.° 2  

Lima, veintinueve de abril de dos mil catorce

VISTO el expediente de traslado de solicitud de suspensión presentado por Luis Napoleón Ponce Martínez contra Luis Alberto Perez Tomas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huampará, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

CONSIDERANDOS

1.    Por medio del Auto N.° 1, de fecha 11 de diciembre de 2013, se corrió traslado de la solicitud de suspensión al citado concejo distrital, generándose el presente expediente, con el objeto de documentar y de verificar su trámite.

2.    Recibida la solicitud de suspensión en la citada municipalidad, se convocó a sesión extraordinaria de concejo municipal para el día 5 de marzo de 2014. Contra el acuerdo arribado en dicha sesión, el solicitante interpuso recurso de apelación.

3.    En tal sentido, el solicitante presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones el mencionado recurso de apelación, generándose así el Expediente N.° J-2014-00407.

4.    En consecuencia, al haber cumplido con el procedimiento respectivo en el presente expediente de traslado, corresponde disponer su archivo y agregarlo como acompañado al expediente en que se tramita la apelación.
                                                        
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto por Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 24 de enero de 2013, que otorga facultades a los magistrados que a continuación suscriben, estos, en uso de sus atribuciones,

RESUELVEN

Artículo único.- Disponer el ARCHIVO del presente expediente y AGREGARLO como acompañado al Expediente N.° J-2014-00407.

SS.

AYVAR CARRASCO



RODRÍGUEZ VÉLEZ



Samaniego Monzón
Secretario General                                                                                                  

agon


HOMENAJE PÓSTUMO AL Dr. JORGE VIDAL SALAZAR VICTORIO

Tu misión en este mundo terminó hace 6 años  pero tú legado está presente en todos nosotros y estamos agradecidos por todo lo que hiciste, en favor de nuestro pueblo  te recordaremos toda la vida.  partiste a la gloria de Dios pero nuestro aprecio hacia ti se mantiene intacto, gracias por todo lo que compartiste con nosotros” Puedo recordar con claridad que los domingos al terminar el programa radial  ACHIN  RUNBO AL PROGRESO  me dabas una llamadita para felicitarme  o abecés  para jalarme las  orejas  por los errores que avía cometido , en verdad extraño mucho y es por ese motivo que me gusta recordar todo lo bueno que me enseñaste,  Hoy se cumple 6 años más de tu partida y nosotros, y  tu familia y amigos,  recordamos  lo importante  de tus aportes  y agradecerte por habernos dejado una gran lección de vida.


El pasado 30 de abril, entre danzas tradicionales, platos típicos y los más bellos paisajes, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP junto a las autoridades y comunidades de los departamentos de Lima y Junín, celebraron el 13 aniversario de establecimiento de la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas, una de las zonas de mayor belleza escénica del Perú donde destacan sus nevados, lagunas de aguas turquesas, profundos cañones y quebradas, bosques de queñuales y rodales de puyas Raimondi.
La comunidad de Canchayllo, ubicada en la región Junín, fue el escenario de esta celebración a la que arribaron alcaldes, presidentes de comunidad y pobladores de los distritos de Huancaya, Tomas, Alis, Laraos, Vitis, Miraflores y Carania de la provincia de Yauyos en el departamento de Lima Provincias, y Llocllapampa, Suitucancha y Chacapalpa en la provincia de Jauja, departamento de Junín, que se encuentran dentro de las más de 221,865 hectáreas del área protegida.
Como parte de las actividades conmemorativas la Jefatura de la Reserva y el Comité de Gestión del ANP presentaron las actividades que forman parte del plan de trabajo para el presente año entre las que destacan la culminación del proceso de actualización del Plan Maestro; ordenamiento de las actividades en los rodales de puya, bosques y vegetación arbustiva; así como adecuado manejo y aprovechamiento de la fibra de vicuña.
De igual manera se anunció la ejecución y continuidad del programa de Guardaparques Comunales impulsado por la Municipalidad Provincial de Yauyos a través de proyectos de inversión pública, que permitirán fortalecer la labor que realiza el SERNANP en la conservación del área natural protegida.
Por su parte los comités, asociaciones, alcaldes y presidentes de comunidad se comprometieron a apoyar la realización de la Feria Nor Yauyina en la localidad de Llapay en el distrito de Laraos, evento que se realizará el próximo 21 de junio.
Dato:
Ubicada en la provincia de Yauyos, a menos de cinco horas de la ciudad capital, la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas es un destino de ensueño por la magnificencia del escenario natural altoandino y por la presencia de numerosas cascadas y formaciones del río Cañete, de altísimo valor paisajístico, que coexisten en armoniosa relación con la cultura viva de las comunidades campesinas.
domingo, 4 de mayo de 2014

JNE da ultimatum a consejo de Huampara

Al hacer caso omiso a todos los pedidos de información que emana del JNE al Municipio de Huampara, este ente, anuncio el jueves pasado que una vez concluido el termino de la Distancia mas tres dias, de plazo, denunciara ante las autoridades competentes por desacato ala ley y omisión de actos funcionales.

Con 136,119 espectadores, película nacional superó ampliamente al taquillazo de Hollywood "El sorprendente hombre araña 2"

 

"A los 40", la película peruana dirigida por Bruno Ascenzo, llevó al cine en su día de estreno a 136,119 espectadores, según cifras otorgadas a El Comercio por New Century Films.
Su más fuerte competidor, el filme "El sorprendente Hombre Araña 2", quedó relegado a un segundo lugar, con un promedio de 90 mil espectadores.
Esto convierte a "A los 40" en la tercera película más taquillera del Perú en su día de estreno: la peruana "Asu Mare" ocupa el primer lugar con 152,045 espectadores y "Amanecer Parte 2" de la saga “Crepúsculo”, la segunda ubicación, con 142,515 espectadores.
En "A los 40", siete personajes que bordean las cuatro décadas se enfrentan a su pasado, su presente y su futuro en una fiesta de reencuentro de promoción que los lleva a preguntarse –en divertidas y enredadas situaciones– hacia dónde están encaminando su vida.
Son parte del elenco Andrés Wiese, Johanna San Miguel, Katia Condós, Carlos Carlín, Lali Espósito, Wendy Ramos, Carlos Alcántara, entre otros actores.
14:15. Lima, abr. 29. La Comisión de Constitución del Congreso aprobó hoy el proyecto de ley que prohíbe la reelección inmediata de los presidentes regionales y los alcaldes provinciales y distritales al término de su periodo.

Foto principal
La propuesta –sancionada por mayoría con el único voto en contra de Luis Bedoya (PPC-APP) y la abstención de Santiago Gastañadui (GP)- establece para tal fin la modificación de los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú.
El presidente del referido grupo de trabajo, Omar Chehade (GP), indicó que esta medida, de ser ratificada por el pleno del Congreso, tendrá una aplicación efectiva recién a partir de los comicios regionales y municipales de 2018, ya que los más próximos –programados para octubre este año- ya fueron convocados.
“Además, no hubiera podido aplicarse para las próximas elecciones, pues, por tratarse de una reforma constitucional, tiene que aprobarse en dos legislaturas ordinarias sucesivas”, anotó.
El parlamentario argumentó que una norma como esta es necesaria para evitar que se utilicen recursos públicos a fin de promover la reelección de las autoridades regionales y municipales.
La aprobación de la iniciativa se dio tras un prolongado debate. En la sesión estuvo presente el presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales  y titular del gobierno regional de Ica, Alonso Navarro, quien expresó una posición contraria al tema.
Durante la discusión, la congresista fujimorista Luz Salgado planteó que en una disposición complementaria se precisara que esta norma se aplicaría recién para lo que compete al proceso electoral regional y municipal de 2018.
Tanto ella, como el aprista Javier Velásquez, expusieron sus reparos a la iniciativa, pero terminaron votando a favor de su aprobación, “con reservas”.
Por su parte, Jaime Delgado, de Gana Perú, señaló que a esta medida también deben de añadirse otras destinadas a mejorar los sistemas de contrataciones en los gobiernos  regionales, si es que el objetivo es vigilar mejor el uso de los fondos asignados a estas dependencias.
Sin embargo, su compañero de bancada Santiago Gastañadui, pidió que, antes de dictaminar el proyecto, se hagan las consultas del caso al Jurado Nacional de Elecciones y a la Asociación de Municipalidades del Perú.

A esto, Chehade respondió recordando que hace siete meses se pidió una opinión al máximo ente electoral, sin que hasta el momento se haya dado una respuesta.
La votación final concluyó con trece adhesiones a favor del proyecto de ley, una abstención y un voto en contra.
(FIN) FGM /FHG

Publicado: 29/04/2014

El día sábado 12 de Abril del 2014 en extrañas circunstancias la niña Yamila Yeisabel Alarcón Rivera de 5 años desapareció en el lugar denominado Ticla ubicado a 3 Km del C. P. San Juan de Malleuran distrito de Quinches al noroeste de la provincia de Yauyos departamento de Lima - Perú, en momentos en que se debía dirigir a su choza. Cuenta su mamá Kledy Rivera Urrutia que se encontraban pastando sus animales en el lugar de Ticla en compañia de sus 2 hijas,Yamila de 5 años y la otra de 10 años, cerca de las 6:00 pm cuando se disponían a llevar el ganado a su corral a 100 metros del lugar ordeno a sus 2 hijas a que se adelante a su choza mientras la Sra. Kledy juntaba sus ganados dado que una densa neblina cubría la zona, grande fue su sorpresa que al llegar a su choza no se encontraba la menor de sus hijas, al preguntarle a su hija mayor ella respondió que no subieron juntas sino en forma paralela a la choza,  inmediatamente se dispuso a buscarla cerca del lugar pero no pudo encontrarla, después  se comunico con su esposo el Sr. Robert Alarcon Suarez que se encontraba trabajando en otro lugar para que ayude en la búsqueda que duró cerca de 3 horas, al no ubicarla rl Sr. Robert se comunica con los pobladores del C. P. San Juan de Malleuran y en numero de 8 ayudan en la búsqueda hasta la amanecida desesperadamente pero no lo encuentran.

El Día domingo 13 de abril cerca de 20 pobladores mas se unen a la búsqueda durante todo el día y no logran ubicarla, el día Lunes 14 de abril ciudadanos de los distritos aledaños al enterarse de lo sucedido acuden al lugar para ayudar en la búsqueda, alrededor de 100 personas de los distritos de Cochas, San Joaquín y Quinches, el día Martes 15 de abril acuden ciudadanos de los distritos de Huampará y Ayavirí, el día Miercoles 16 de abril dan su apoyo los ciudadanos de los distritos de Huañec, Quinches y Ayavirí en total de aproximadamente 200 personas y no encuentraron indicios ni rastros de la pequeña Yamila.
Informa el Sr. Robert que de la delegación de Omas el día Martes 15 por la tarde llegaron 3 efectivos de la Policía Nacional que sólo hizo las indagaciones del momento de la desaparición de la niña, procedieron a interrogar a todos los posibles sospechosos del lugar y no encontraron respuesta del paradero de Yamila.

Dado que en este tiempo el lugar esta con una vegetación semidensa sería necesario ESPECIALISTAS
EN BÚSQUEDA CON PERROS PREPARADOS PARA ESTOS CASOS, pero las autoridades aún no se pronuncian, sus padres son de condición humilde por lo tanto necesitan el apoyo de todos No se puede dejar pasar este hecho, pedimos a las autoridades que hagan algo, esto podría pasar en cualquier pueblo muy lejano donde no se cuenta con recursos y no por ello debe dejar de importarnos

ESTE ES UN CASO MUY EXTRAÑO AL NO ENCONTRAR RASTROS DE YAMILA EN EL LUGAR, LA OTRA POSIBILIDAD REAL ES QUE ALGUIEN QUE PASABA POR LA ZONA LA HAYA SECUESTRADA. POR EL LUGAR PASA UN CAMINO CON DIRECCION A CARANIA Y A YAUYOS, PROBABLEMENTE SE HAYAN DIRIGIDO POR AHI.

Su papá Robert Alarcon Suarez y su mamá Kledy Rivera Urrutia detallaron que como característica física, la menor presenta un lunar en el ojo derecho (mancha rojiza) por lo que sería fácil reconocerla y cabellos color canela. En el momento de su desaparición vestía con buzo plomo oscuro, capucha  blanca con manchas plomas y zapatitos de jebe color negro.


ROGAMOS A DIOS QUE LA PROTEJA Y ESPERAMOS QUE PRONTO SE LE ENCUENTRE SUS PADRES SE ENCUENTRAN MUY TRISTES, CUALQUIER INFORMACIÓN ESTOS SON LOS NÚMEROS 991524609, 940748506 DIRECTAMENTE CON SUS PADRES O AL 2580516 CON  UN COLABORADOR QUE ESPERO QUE ESTA CADENA SE MULTIPLIQUE PARA LOGRAR UBICARLA A YAMILA. AYUDANOS PUBLICANDO ESTA DIRECCION EN CUALQUIER LUGAR QUE TE SEA POSIBLE.
miércoles, 30 de abril de 2014

ALLAUCA YAUYOS TIENE NUEVO ALCALDE...... Venancio Esteban Quispe Toribio

Apartir de hoy 30 de Abril del 2014, el distrito de Allauca tiene un nuevo representante de la comuna, se trata de Venancio Esteban Quispe Toribio, al suspender las credenciales de Herline Zavala gago, por el JNE








Expediente N.° J-2014-0084
ALLAUCA - YAUYOS - LIMA
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, diez de abril de dos mil catorce

VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Venancio Esteban Quispe Toribio en contra del acuerdo de concejo que rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de Freddy Herline Zavala Gago, alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 6, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N.° J-2013-00982, y oídos los  informes orales.

ANTECEDENTES

La solicitud de declaratoria de vacancia

El 16 de agosto de 2013, Jesús Antonio Quispe Galván presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones una solicitud de traslado de declaratoria de vacancia en contra de Freddy Herline Zavala Gago, alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por considerarlo incurso en la causal prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), referida a la imposición de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. Dicha solicitud generó el Expediente N.° J-2013-00982.

El solicitante de la vacancia afirmó que el Juzgado Penal Liquidador de Mala condenó al alcalde Freddy Herline Zavala Gago como autor del delito de lesiones graves en agravio de Fernando Abelardo Gago Rodríguez, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de tres años bajo el cumplimiento de reglas de conducta (fojas 1 a 3, Expediente N.° J-2013-00982). Acompañó, a tal efecto, la copia simple de la sentencia expedida por el Juzgado Penal Liquidador de Mala, de fecha 17 de julio de 2013, recaída en el Expediente N.° 2009-241 (fojas 5 y 6 del expediente acompañado).

La decisión del Concejo Distrital de Allauca

En sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2013, el Concejo Distrital de Allauca, contando con la presencia de cinco de sus seis integrantes (no estuvo presente el primer regidor Venancio Esteban Quispe Toribio), rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra del alcalde Freddy Herline Zavala Gago. Del acta correspondiente se aprecia que los asistentes consideraron que la causal de vacancia no se había configurado porque la sentencia condenatoria impuesta al alcalde se encontraba en apelación en la Corte Superior de Justicia de Cañete (fojas 91 y 92, Expediente N.° J-2013-00982).

Posteriormente, en sesión extraordinaria del 30 de octubre de 2013, el Concejo Distrital de Allauca, contando igualmente con la presencia de cinco de sus seis integrantes (no estuvo presente el primer regidor Venancio Esteban Quispe Toribio), declaró consentido el acuerdo de concejo que rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra del alcalde (fojas 93 y 94, Expediente N.° J-2013-00982).
El recurso de apelación

El 15 de enero de 2014, Venancio Esteban Quispe Toribio, primer regidor de la Municipalidad Distrital de Allauca, interpuso ante el Jurado Nacional de Elecciones recurso de apelación en contra del acuerdo de concejo que rechazó la vacancia del alcalde Freddy Herline Zavala Gago, y solicitó que se declare su suspensión en el cargo por la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la LOM, referida a la existencia de sentencia condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad (fojas 1 a 34, incluidos los anexos).

El recurrente sostuvo, con fecha 19 de setiembre de 2013, que la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete confirmó la sentencia expedida por el Juzgado Penal Liquidador de Mala, que condenó al alcalde Freddy Herline Zavala Gago como autor del delito de lesiones graves y le impuso una pena privativa de libertad de cuatro años, suspendida en su ejecución por un periodo de tres años. Indicó, además, que existe una queja excepcional pendiente de resolver por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Manifestó, por último, que no fue convocado a la sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2013 ni notificado con el acuerdo de concejo adoptado en dicha reunión.

La solicitud de información sobre el procedimiento de vacancia seguido contra el alcalde Freddy Herline Zavala Gago

Por Oficio N.° 00250-2014-SG/JNE, del 22 de enero de 2014 (fojas 36), la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones requirió al alcalde Freddy Herline Zavala Gago el envío de los originales o copias certificadas de los cargos de entrega de la convocatoria a la sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2012, así como del acuerdo de concejo adoptado en dicha reunión, dirigidos a los miembros del concejo municipal y al solicitante Jesús Antonio Quispe Galván.

Mediante escrito presentado el 6 de febrero de 2014 (fojas 40), el alcalde Freddy Herline Zavala Gago informó que el 13 de enero de 2014 remitió a esta instancia la documentación relacionada con el procedimiento de declaratoria de vacancia seguido en contra del primer regidor Venancio Esteban Quispe Toribio, generándose así el Expediente N.° J-2014-0067.

La documentación remitida por la Corte Superior de Justicia de Cañete y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

En atención al Oficio N.° 251-2014-SG/JNE, de fecha 22 de enero de 2014 (fojas 39), emitido por la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete remitió copias certificadas de la siguiente documentación:

§  Sentencia de fecha 17 de julio de 2013, expedida por el Juzgado Penal Liquidador de Mala, que condena al alcalde Freddy Herline Zavala Gago como autor del delito de lesiones graves en agravio de Fernando Abelardo Gago Rodríguez, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de tres años (fojas 67 a 78).
§  Resolución de vista, de fecha 19 de setiembre de 2013, expedida por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que, por mayoría, confirma la sentencia del Juzgado Penal Liquidador de Mala (fojas 79 a 86).

Así también, en respuesta al Oficio N.° 254-2014-SG/JNE, de fecha 27 de enero de 2014 (fojas 37), la Secretaria de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República informó de la existencia del Recurso de Queja N.° 819-2013, derivado del proceso penal seguido contra Freddy Herline Zavala Gago por el delito de lesiones graves en agravio de Fernando Gago Rodríguez, remitido a la Fiscalía Suprema Penal, con fecha 7 de enero de 2014, para el pronunciamiento de ley (fojas 88).

CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

Determinar si los hechos invocados en contra de Freddy Herline Zavala Gago, alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, configuran la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 6 de la LOM, o la causal de suspensión contemplada en el artículo 25, numeral 5, de la LOM.

CONSIDERANDOS

1.    El artículo 22, numeral 6, de la LOM, establece que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad.

2.    De la documentación remitida por el Poder Judicial se tiene que Freddy Herline Zavala Gago, alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, cuenta con sentencia condenatoria en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, la cual, sin embargo, no se encuentra ejecutoriada, por existir recurso de queja pendiente de resolver por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Luego, no se verifica la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 6 de la LOM, por lo que no es procedente declarar la vacancia del alcalde Freddy Herline Zavala Gago.

3.    No obstante, ante la circunstancia descrita en el considerando anterior, este órgano jurisdiccional, en cumplimiento de su función de administrar justicia en materia electoral, conforme lo dispone el artículo 5, literal a, de la Ley N.° 26846, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, considera pertinente aplicar la norma jurídica que corresponda al hecho invocado por el recurrente

4.    Dicho esto, se tiene que la existencia de una sentencia condenatoria en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad constituye un supuesto de suspensión en el cargo de alcalde, sancionado por el artículo 25, numeral 5, de la LOM. Y en el caso concreto, ha quedado plenamente demostrado que, por Resolución de vista de fecha 19 de setiembre de 2013, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, por mayoría, confirmó la sentencia expedida por el Juzgado Penal Liquidador de Mala, de fecha 17 de julio de 2013, que condenó al alcalde Freddy Herline Zavala Gago como autor del delito de lesiones graves en agravio de Fernando Abelardo Gago Rodríguez, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de tres años.

5.    A juicio de este Supremo Tribunal de Justicia Electoral, resultaría inoficioso declarar improcedente el recurso de apelación, bajo el argumento de que su interposición ha recaído en una persona distinta al solicitante de la vacancia; del mismo modo, también resultaría inoficioso remitir a la instancia municipal la documentación oficial que acredita que el alcalde Freddy Herline Zavala Gago se encuentra incurso en la causal de suspensión prevista en el 25, numeral 5, de la LOM.

6.    En efecto, alegar falta de legitimidad en el recurrente carece de relevancia, porque, tal como se estableció en el Auto N.° 1, del 9 de julio de 2013, recaído en el Expediente N.° J-2013-00098, en los procedimientos de vacancia y suspensión se procura cautelar el interés público y general de que las autoridades ejerzan adecuadamente sus cargos y que se optimice la gobernabilidad, estabilidad y continuidad de la gestión municipal, lo que en el caso concreto justifica que el primer regidor de la Municipalidad Distrital de Allauca requiera de este colegiado un pronunciamiento definitivo sobre las consecuencias jurídicas derivadas de la existencia de una sentencia condenatoria en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad en contra del alcalde Freddy Herline Zavala Gago.

7.    En cuanto a lo segundo, se tiene que la eventual remisión de los actuados al concejo municipal solo dilataría una decisión concluyente sobre el fondo de la controversia, pues los documentos públicos que obran en autos demuestran, de manera incontrovertible e incontestable, que el alcalde Freddy Herline Zavala Gago está incurso en la causal de suspensión prevista en el artículo 25, numeral 5, de la LOM. Por lo demás, es criterio uniforme y constante seguido por este colegiado el subsumir los hechos a la norma jurídica aplicable, tal como es de verse en las Resoluciones N.° 324-2009-JNE, del 13 de mayo de 2009, N.° 380-2009-JNE, del 29 de mayo de 2009, N.° 173-2010-JNE y N.° 174-2010-JNE, ambas del 17 de marzo de 2010, N.° 185-2012-JNE, del 12 de abril de 2012, N.° 239-2010-JNE, del 15 de abril de 2010, N.° 383-2010-JNE, del 14 de junio de 2010, N.° 395-2010-JNE, del 16 de junio de 2010, N.° 785-2012-JNE, del 4 de setiembre de 2012, N.° 826-2012-JNE, del 18 de setiembre de 2012 y N.° 0841-2012-JNE, del 20 de setiembre de 2012.

8.    Por los fundamentos expuestos, y en aras de optimizar los principios de economía y celeridad procesales, este Supremo Tribunal de Justicia Electoral considera que resulta procedente declarar la suspensión del cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca que ejerce Freddy Herline Zavala Gago,  por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la LOM, hasta que no haya recurso pendiente de resolver y el concejo municipal se pronuncie respecto de su vacancia en el cargo por la causal señalada en artículo 22, numeral 6 de la ya mencionada ley orgánica.

9.    Consecuentemente, y de acuerdo con el artículo 24 de la LOM, aplicable al presente caso por disposición del artículo 25 de la citada ley, corresponde convocar al primer regidor Venancio Esteban Quispe Toribio, identificado con Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI) N.° 16284521, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde mientras se resuelve la situación jurídica de Freddy Herline Zavala Gago, ya sea para que, en su oportunidad, el concejo municipal se pronuncie en caso de que la sentencia dictada en su contra quede ejecutoriada, o se le restituya en sus funciones, en caso sea absuelto en el proceso penal.

Asimismo, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Allauca, y en la medida en que todos los candidatos de la lista electoral presentada por la organización política Partido Popular Cristiano integran ya el concejo municipal, corresponde convocar a Ílder Fidel Zavala Joseli, identificado con DNI N.° 44792079, candidato no proclamado del partido político Partido Aprista Peruano, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por Venancio Esteban Quispe Toribio, REVOCAR el acuerdo de concejo que rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de Freddy Herline Zavala Gago por la causal establecida en el artículo 22, numeral 6 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y REFORMÁNDOLO, declarar la suspensión en el cargo que ejerce Freddy Herline Zavala Gago como alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la citada ley orgánica.

Artículo segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Freddy Herline Zavala Gago como alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.

Artículo tercero.- CONVOCAR al primer regidor Venancio Esteban Quispe Toribio, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 16284521, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, mientras se resuelva la situación jurídica del alcalde titular Freddy Herline Zavala Gago, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.

Artículo cuarto.- CONVOCAR a Ílder Fidel Zavala Joseli, identificado con DNI N.° 44792079, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Allauca, provincia de Yauyos, departamento de Lima, mientras se resuelva la situación jurídica del alcalde titular Freddy Herline Zavala Gago, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA

CHÁVARRY VALLEJOS

AYVAR CARRASCO

CORNEJO GUERRERO

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Samaniego Monzón
Secretario General

RV/gcm/dpr

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

Tags