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PAISANO YAUYINO, TENEMOS QUE EMPEZAR A CREER EN LA JUSTICIA .
ESTA ES LA PRUEBA QUE LOS FISCALES QUE ACTUARON EN FAVOR PARA QUE EL ALCALDE PROVINCIAL CAMINE LIBRE POR NUESTRA PROVINCIA POR EL CASO DEL PUENTE HUAYO , AHORA HAN SIDO SOMETIDOS A CONTROL INTERNO POR LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE CAÑETE DEL MINISTERIO PUBLICO.
ESTE ES EL PRIMER GOL DEL FRENTE DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DE LOS INTERESES DE LA PROVINCIA DE YAUYOS RECIENTEMENTE CREADO CON JUNTAMENTE CON LA COMUNIDAD YAUYINA Y PUEBLO EN GENERAL.
SALUDOS A UN VALIENTE YAUYINO QUE INTEGRA NUESTRO FRENTE DE LUCHA COMO ES EL DR. JULIO SALAZAR GUADALUPE QUIEN HA QUEJADO A ESTOS 3 FISCALES, Y AQUÍ ESTA EL RESULTADO.
PAISANO YAUYINO NO DESMAYES EN TU LUCHA POR ALCANZAR LA JUSTICIA TE PEDIMOS UN POCO DE PACIENCIA.
LA LUCHA LA ESTAMOS HACIENDO NO SOLO EN YAUYOS, TAMBIÉN LA ESTAMOS HACIENDO EN LIMA, CAÑETE E ICA PRONTO HABRÁN NOVEDADES.
LOS CORRUPTOS A LA CÁRCEL QUEREMOS BUENAS AUTORIDADES EN NUESTRA PROVINCIA.



Una vez mas las carreteras Yauyinas se visten de sangre por el mal uso que se le da auna maqunaria (vehiculo menor) Motocar por la caracteristica y usos para el cual fue fabricado., fue en el lugar llamado la Cueva en la jurisdiccion de la Zona Nor Oeste de Yauyos, cercano al distrito de Cochas, al parecer fue las fallas mecanicas que ocacionaron que el vehiculo salga de la carretera con 5 pasajeros a bordo, incluido el alcalde del distrito,
Agregamos tambien que reciente mente fue adquirido y trasladado este vehiculo menor de la cidad Capital al distrito antes mencionado, en el camion de la Municipalidad de San Joaquin, la pregunta es habrá pasado los controles exactamente como corresponde y manda la ley.!??! en todo caso esta en manos de las autoridades la investigacion de las causas de este accidente que deja 5 mal heridos incluyendo el alcalde de San Joaquin.

PARA TODOS... LOS MEJORES....
NO HAY EXCUSA PARA NO ESTUDIAR....
https://www.youtube.com/watch?v=giJeZhsAzRo&feature=youtu.be
contraloria
La  Contraloría General logró la aprobación de su proyecto de ley para dar cárcel efectiva a los funcionarios públicos que cometen los delitos de peculado y colusión, eliminando para ambos casos el beneficio de la suspensión de pena.
En el periodo 2009 – 2014, de 482 sentencias por delitos de corrupción denunciados por la CGR,  solo 25 recibieron pena de cárcel efectiva. Un grupo de 457 funcionarios públicos no fueron a prisión porque fueron sancionados con “pena privativa de la libertad suspendida” pese a la gravedad de sus actos.
Con la aprobación de esta propuesta presentada por la Contraloría General, no se repetirán en el país casos emblemáticos de corruptos cuyos delitos quedaron sin recibir una sanción ejemplar, proporcional a la magnitud del delito que cometieron en perjuicio del país.
Cabe recordar el caso del ex alcalde de la Municipalidad Distrital de Acobamba y actual presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, quien por cometer el delito de peculado doloso al haberse apropiado de más de 1 millón 287 mil nuevos soles de la obra carretera San Juan de Villa Rica – Llacce II Etapa, solo fue sentenciado a dos años de pena privativa de la libertad suspendida.
Otro caso emblemático es el de la Municipalidad Distrital de La Encañada-Cajamarca donde el ex alcalde y el ex gerente general cometieron irregularidades en la adquisición de bienes por lo que fueron sentenciados por delito de peculado doloso y culposo y una reparación civil de 1 millón 500 mil nuevos soles, pero con una pena de cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida.
En ambos casos, los funcionarios no fueron a prisión por decisión de los jueces que los sancionaron de manera benigna, generando una sensación de impunidad que no se volverá a repetir toda vez que la propuesta de la Contraloría, aprobada por el Congreso, tendrá un innegable efecto disuasivo.
Dato:
El peculado y la colusión son los delitos más frecuentes contra la administración pública sancionados por el Código Penal. El peculado es la apropiación o aprovechamiento indebido de los recursos y bienes públicos por parte de los funcionarios encargados de su custodia, mientras que la colusión es la concertación que realiza el funcionario público, coludiéndose con otro o un tercero, para defraudar al Estado.
comentario de la gente de Asia.... sobre los perjuicios de la obra Ñauñacu
represarse el lodo terminó por desbordarse y la avalancha de huaico fue directo a desaparecer el criadero de truchas del pueblo de Huampará que se ubica en la parte baja. Los afectados están pidiendo a los promotores de Ñauñacu la reparación económica por los daños ocasionados. El año pasado ocurrió algo parecido y con un trabajador en estado de coma. Hay deudas pendientes con la Comunidad Niño Jesús de Ayavirí por los perjuicios. Y esto porque se trata de una obra que no cuenta con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), y desde todo punto de vista y con los estudios en la mano carece de sostenibilidad social, económica y ambiental. Desde mi niñez siempre me atrajo las historias que mi abuelito materno, mi papá (ambos ya fallecidos) y los vecinos mayores de edad hablaban de un canal que llevaría agua hasta Asia. Como puedo probar con estas fotos donde se ve la capillita de Tres Cruces y el pueblo de Ayavirí en la parte baja, desde mi adolescencia llegué a esta zona atraído justamente por la esperanza del agua. Y lo he repetido varias veces. Siempre ha sido de mi interés el tema del agua. Y es porque mi tierra pasa por el imperio de la sed. Pero también me he preguntado de dónde llevarían agua a Asia si la zona andina pasa por severas crisis hídricas. Es más, los pastores de esa zona bajan al valle de Asia para socorrerse de agua y forrajes. En este mismo momento están en Asia. Como lo he documentado en mis artículos, es hora de mirar otras alternativas para producir agua dulce en el mismo valle de Asia sin ir tan lejos. La desalinización, por ejemplo, es una de ellas. Todavía estamos a tiempo.
Luego de la aprobación por el Pleno del Congreso de la reforma constitucional respecto a la no reelección de las autoridades regionales y municipales, algunos partidos se han pronunciado en los medios solicitando se aclare si dicha norma alcanzaría a las autoridades actuales. Veamos qué ha dicho el Tribunal Constitucional sobre las teorías de aplicación de las normas.
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Se publicó finalmente las modificaciones a la Constitución Política (artículos 191, 194 y 203) en materia electoral (Ley N° 30305). Con ella, se prohíbe la reelección inmediata de gobernadores regionales, vicegobernadores regionales (según la nueva denominación), y alcaldes.

Las reacciones de los partidos políticos ante esta prohibición no se hicieron esperar. Así, por ejemplo, el congresista Gustavo Rondón solicitó a las autoridades electorales que precisen si la referida norma se aplicaría para los alcaldes actualmente electos o si surtiría efectos a partir de sus sucesores.

Al respecto, nuestra Carta Política, en su artículo 103, prescribe que una ley “se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efectos retroactivos”. Así también lo ha recogido nuestro Código Civil en el artículo III del Título Preliminar.

A partir de esta disposición es que el Tribunal Constitucional ha precisado que nuestro ordenamiento jurídico se rige por la teoría de los hechos cumplidos en la aplicación de normas en el tiempo (llamada también “teoría del efecto inmediato”). Según dicha teoría, la entrada en vigencia de una ley es de manera inmediata, sus efectos normativos, por tanto, “debe ser aplicada a toda situación subsumible en su supuesto de hecho”. En otras palabras, queda prohibida la aplicación de la antigua ley a las situaciones, aún no extinguidas, nacidas con anterioridad (STC Exp. N° 8-2008-AI/TC).

De acuerdo a dicha posición –establecida uniformemente en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se puede inferir que la norma que prohíbe la reelección de las autoridades municipales surtirá efectos inmediatos para todas las situaciones jurídicas presentes extinguidas o no, con lo cualningún alcalde o gobernador regional electo (en las elecciones pasadas) podrán ser reelegidos una vez terminado su mandato actual.

Asumir lo contrario, es decir, que la publicación de la ley de reforma electoral solo surtirá efectos para las autoridades municipales venideras, implicaría adoptar la aplicación de la teoría de los derechos adquiridos (o llamada también teoría de la supervivencia de la ley antigua). En efecto, según esta segunda teoría que explica la aplicación de las leyes en el tiempo, la eficacia normal de una nueva ley se despliega únicamente pro futuro, vale decir, no se aplicará a situaciones aún no extinguidas nacidas al amparo de la ley anterior. Esta posición no es asumida por nuestro ordenamiento, salvo puntuales excepciones. 


El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) viene promoviendo la agricultura sostenible para la recuperación de papas nativas oriundas de nuestra sierra peruana a través de la asistencia técnica que brindan los guardaparques de la Reserva Paisajística de Nor Yauyos Cochas (RPNYC) a las comunidades locales.
Además del trabajo de control, vigilancia y educación ambiental, estos héroes de la conservación, a través de una iniciativa piloto, vienen recuperando la variedad de papas nativas a través de parcelas demostrativas ubicadas en las comunidades de Alis, Huancaya, Tinko, Laraos, cerca de los puestos de Control y Vigilancia.
Con esta exitosa experiencia se han recuperado hasta la fecha 65 de las 80 variedades de papas propias de la zona. “Tenemos parcelas a 3200, 600, 4050 msnm”, señaló Raúl Crispín Robladillo, guardaparque de la RPNYC.
El trabajo consiste en cultivar diferentes semillas de papas nativas para conocer su adaptación en los diversos pisos ecológicos. “Con estos sembríos podemos conocer cuáles son las semillas que se adapta mejor a la altura, cuáles son las propensas a plagas y otros factores que permitan mejorar la agricultura de este tubérculo. Esto permite que la comunidad tenga una buena cosecha”, agrego Crispín.
El proceso de cosecha es monitoreado por los Guardaparques dos veces al mes para conocer en detalle el periodo de crecimiento de la planta, observando el color de la flor, la presencia de plaga, el follaje, la textura, la pigmentación. Todo este proceso es informado a través de un reporte minucioso al jefe de la Reserva.
Estas parcelas demostrativas ha permitido la recuperación de 65 variedades de papas nativas que benefician actualmente a 64 comunidades ubicadas dentro de la Reserva, siendo un gran ejemplo de desarrollo sostenible para la población local.
Esta iniciativa ha implementado el banco de semillas de papas nativas que actualmente son entregadas a las comunidades para su cultivo y aprovechamiento. Este proyecto pretende impulsar la venta de las 65 variedades de papas nativas en los mejores supermercados de la lima por su calidad y cultivo orgánico.
ACONSEJAN LLEVAR BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS SI VA DE VIAJE
               Entre el 1 y el 6 de abril, los establecimientos miembros de la Red Ejecutiva de Salud Chilca Mala entraran en situación de “alerta” por el feriado largo debido a las celebraciones de Semana Santa, así lo manifestó su Director Dr. Wilfredo N. Sánchez Quispe, debido al desplazamiento masivo de personas hacia los diferentes destinos del sur de Lima y a la congregación masiva de fieles en las Iglesias. Además la “Alerta” se da también por el incremento de pasajeros y viajes por la panamericana Sur, así como la ingesta de alimentos en locales en los balnearios de nuestro litoral, y ante cualquier situación que pueda alterar el orden y la tranquilidad pública de este sector en estas fechas. De otro lado también recomendó a quienes vayan a viajar, salir de excursión, o acampar aprovechando estas fechas, llevar un botiquín de primeros auxilios así como agua y alimentos saludables. 

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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