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miércoles, 30 de enero de 2013

ANGELICA ARATA TASSO NUEVA GOBERNADORA DE CAÑETE


Angelica Arata Tasso juramento hoy en el cargo de gobernadora de la Provincia de Cañete, el acto se realizo en la Corte de Justicia con la presencia del Coronel de la división policial de Cañete Yauyos Leonidas Arrivasplata y de los gobernadores distritales.
"Es un cargo de mucha responsabilidad el que me toca asumir, trabajare codo a codo con las autoridades de la provincia por lograr el desarrollo de Cañete y las mujeres pueden saber que dejare en alto nuestro genero", manifestó la flamante gobernadora provincial.
 EDUARDO ULISES RODRIGUEZ LÁZARO, identificado con DNI N°16281639, en el proceso seguido en mi contra; me dirijo a usted muy respetuosamente y expongo lo siguiente : Quiero expresar mi enérgico reclamo por la manera como se ha tramitado el pedido de suspensión de mi cargo por parte del Gobierno Regional de Lima , donde incluso el propio solicitante se queja que ni siquiera le respetaron su derecho al uso de la palabra pese a su pedido expreso ;sin embargo, velando por el respeto del sistema democrático y electoral en el que efectivamente me encuentro con orden de detención y pese a mis denodados esfuerzos por seguir trabajando por mi pueblo desde la clandestinidad , he TOMADO LA DECISIÓN DE CONVALIDAR todos los vicios incurridos y SOLICITAR se declare LA SUSPENSIÓN DE MI CARGO DE CONSEJERO REGIONAL a fin de que sea reemplazado por la accesitaria Srta. MARI LUZ MAGALLANES RODRIGUEZ 
El Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú es una institución educativa que se sustenta en los principios de la educación peruana, en un marco de educación intercultural, ética, con calidad y equidad.


Responde a las demandas educativas que plantea el avance científico y tecnológico del mundo moderno y globalizado, el reconocimiento de la diversidad multicultural y bilingüe de nuestra sociedad, el proceso democrático y de descentralización que vive el país, en procura de la unidad y el fortalecimiento.
El Colegio Mayor brinda oportunidades al estudiante que ha tenido una excelencia académica en su trayectoria escolar previa y que aspira alcanzar metas superiores, fortaleciendo su potencial en el desarrollo de competencias para el logro de liderazgo y autonomía con prácticas democráticas, promoviendo su desarrollo integral con pensamiento analítico, reflexivo, crítico y creativo en el marco del respeto intercultural y la equidad de género, a fin de contribuir a la realización de sus proyectos de vida en bienestar de sus regiones y del país.
En el presente año se han dispuesto 12 vacantes para la región Lima Provincias por las que estudiantes de 1er y 2do grado de Educación Secundaria de una institución educativa pública de las nueve provincias competirán por alcanzar una de las vacantes.
Luego de la evaluación de los postulantes, son 7 los estudiantes de la provincia de Yauyos, jurisdicción de la UGEL N° 13  quienes han sido seleccionados para pasar a la primera fase del Examen de Admisión 2013 que se llevará a cabo el día viernes 01 de febrero del 2013, en la que rendirán la Prueba Psicológica y la Prueba de Aptitud Académica para intentar clasificar dentro de los 40 a la segunda fase que consiste en una Jornada Vivencial, de las que pasaran solo 20 a la tercera fase en la que rendirán la prueba de Redacción de un texto y la Entrevista, para quedar seleccionado dentro de los 300 mejores a nivel nacional que podrán estudiar en el Colegio Mayor Secundario “Presidente del Perú”.
Estudiantes de la UGEL 13 de Yauyos en competencia:
- Alberto Arenas Lucero Alexsandra I.E. N° 20723 - Quisque (Colonia)
- Chavez Condori José Humberto I.E. Santo Domingo - Yauyos
- De la Cruz Mayta Juliana Camila I.E. Santo Domingo - Yauyos
- Saravia Reyes Andrea I.E. Santo Domingo - Yauyos
- Sierra Manuel Anthony Alexis I.E. Santo Domingo - Yauyos
- Vitanzo Juan de Dios Alex I.E. N° 20694 Apóstol Santiago - Carania
- Walter Castro Denises Marleny I.E. Nuestra Señora del Rosario - Ayavirí
Los postulantes yauyinos rendirán el examen en la I.E. Domingo Mandamiento Sipán de Huacho (Av. María Parado de Bellido S/N - camino a Carquin)
RESULTADOS DE LA CONSULTAAÑO: 2013
EXPEDIENTE: J-2013-00115MATERIA: Vacancia - Traslado
Estado:En trámite
Fecha de Presentación: 24/01/2013 03:26:17 p.m.
Causal:Inasistencia injustificada a sesiones del consejo regional
Nombre y Cargo Afectado:RODRIGUEZ LAZARO ULISES - CONSEJERO REGIONAL
ProcedenciaLIMA - -- - --
FechaAsuntoFoliosFec. Publicación Doc.Ver
24/01/2013 SOLICITA LA VACANCIA DEL CONSEJERO REGIONAL DE LIMA DON ULISES RODRIGUEZ LAZARO, ADJUNTA EL COMPROBANTE ORIGINAL 089324causal:Inasistencia injustificada a sesiones del consejo regional104

 
lunes, 28 de enero de 2013

MAÑANA 29 DE ENERO DAN PUNTO FINAL CASO ULICES RODRIGUEZ LAZARO

EL CASO ULICES RODRIGUEZ LAZARO, LLEGA ASU PUNTO FINAL EL DIA DE MAÑANA MARTES 29 A HORAS 9 AM, EN AUDIENCIA PUBLICA PROGRAMADO POR EL JNE, MOTIVO ORDEN DE CAPTURA DEL SEÑOR  RODRIGUEZ LAZARO. ESTA AUDIENCIA SERA TRANSMITIDO POR ESTE MISMO BLOG EN VIVO Y EN DIRECTO A HORA 9 EN PUNTO AM...!!!
A PESAR DE LA DILATADA DEMORA EN LOS TRAMIRES DE EJECUCION POR LOS DEFENSORES MIEMBROS CONSEJEROS DE LA REGION LIMA PROVINCIAS, ADEMAS CON EL INFORME FINAL DE LA SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE DONDE DAN A CONOCER QUE LA ORDEN DE CAPTURA SIGUE EN PIE, ES MENESTER INDICAR QUE EL SEÑOR ULICES LAZARO SERA EXCLUIDO DEL GOBIERNO REGIONAL..!

Ricardo Chavarría y Vicente Sánchez dejan abierta la posibilidad para la determinación de sus bases partidarias

La intención de participar en los próximos comicios en una alianza electoral entre los movimientos “Fuerza Regional” y “Confianza Perú”, quedó en agenda de ambas organizaciones para discutir a futuro en un congreso partidario.
La iniciativa fue dada por el Dr. Vicente Sánchez Vásquez, secretario general del movimiento “Confianza Perú”, durante su alocución en el sexto aniversario de fundación de “Fuerza Regional”, al cual fue invitado.
“En las pasadas elecciones si hubiéramos intervenido en alianza, obtendríamos el 15 por ciento de la votación electoral y con ella tranquilamente, pasábamos a la segunda vuelta porque el actual presidente obtuvo el porcentaje de 12”, recordó Vicente Sánchez.
“La lección nos enseña y debemos participar juntos en esta lid electoral porque somos movimientos de hermanos que marcamos la diferencia de otras organizaciones políticas”, expresó Vicente Sánchez.
RICARDO CHAVARRÍA
Por su parte, el líder del movimiento “Fuerza Regional”, Ing. Ricardo Chavarría, dejó abierta la posibilidad de armar un sólido movimiento en la región para hacer frente a los grupos tradicionales.
Puntualizó que es cuestión de consultar a las bases de Fuerza Regional en la región y acordar en forma democrática el planteamiento del líder del movimiento “Confianza Perú”.
En otro pasaje de su alocución, Ricardo Chavarría, lamentó que habiendo tanto dinero otorgado por el Estado, la gestión de Javier Alvarado, no haya ejecutado obras de impacto en la región.
“Eso se llama negligencia. No hay técnicos en la región, menos gente entendida en la materia para buscar el desarrollo de la región”, indicó Chavarría en medio de la algarabía de su público que se dio cita al colegio privado “Juan Pablo II” de San Vicente,
Finalmente, invocó a todos los militantes de Fuerza Regional, cuyo símbolo es el arbolito, a no desmayar en este proyecto que pondrá en práctica una política transparente y honesta. ¡Feliz Aniversario… Fuerza Regional!”, gritó Chavarría quien en todo momento estuvo con su secretario general de la base de Cañete, Dr. Marcos Guerra.

Lima va por el SI
Autores: Los cholos de Lima
- Letra:
LIMA VA POR EL SI (Huayno )
Hace tiempo que mi Lima va de mal en peor
la desgracia de mi gente causa un gran dolor
tú nos hiciste fracasar
pues no sabías liderar
Desde tu llegada nunca más volví a reír
llevo dentro el castigo por votar por ti
por tus errores entendí
que Lima necesita un cambio
Ahora mi pueblo sufre tu incapacidad
pues cada día me muero por recordar
la herradura...
a la parada...
parque vía Rímac
Lima paralizada...
No puedo más
vivir así
vamos mi gente, a votar por el SÍ
Lima se une, y VA POR EL SÍ
porque nos duele, vivir así.
Lima se une, y VA POR EL SÍ
porque nos duele, vivir así.
Revocatoria Susana Villarán: www.revocatorias.com

Jefe de Personal, habría sido victima de multiples denuncias, con el fin de sacarlos del cargo, por temor a que se investiguen los nombramientos irregulares……….

Hablar o escribir algo sobre la Ugel 13 de Yauyos, es por decirlo menos un caso atípico dentro de la administración de la educación otrora considerado una de las instituciones mas corruptas en el ranking anual  de esta parte de la región lima Provincias. Y adecir verdad ahora sigue en los mismos pasos..!!, donde los directores incólume de sus actos, protegen, promueven, o su ineptitud a juzgar por los resultados, y es desde siempre que se acumula denuncias en el sueño de los justos. Es voz populi, o mejor dicho un secreto a voces que desde lo mas reciente siempre existió una banda bien podríamos llamarlos “los malditos de fundo okendo” como aquellos tiempos del grupo de delincuentes que hacían gala de su proceder, es decir de la camarilla de los Chui y ahora lo mismo con el inefable ex-director Saravia Santisteban y pasa por el Chifado chifay cual banbalinas no toma decisiones por el beneficio del magisterio. Pasa lo mismo en la Ugel 13 Yauyos, donde personjes sabe dios como  han llegado allí petardean las directivas, leyes y reglamentos que emanan de la suprema Constitución; sabido es que existió coimeros, adulteradores, plageadores, falsificadores etc, etc digno para estar registrado en los records de GUINESS como la administración mas “EFICIENTE” en lo ilícito por su puesto.
En esta oportunidad alguien quizo poner cascabel al gato, ya que saltaba a la vista los irregulares nombramientos del CAP (cuadro de asignación de personal) dentro de La Institución (UGEL), se trata del Jefe de Personal (Especialista Administrativo de Personal) Félix  Briseño Samaniego habido de cambiar de una vez por todas lo que esta reñido con la moral, ley, fe y buenas costumbres, encontrándose como consecuencia del honroso acto de hacer prevalecer las leyes y reglamentos, solamente denuncias por doquier, ante el temor de ser investigados todos los casos de nombramientos irregulares.
PARA MUESTRA UN microBOTON
En el año 2011 se lleva acabo a nivel nacional nombramientos en cargos administrativos dentro de la Ugel y para ello se forma una “comisión” encargado de evaluar a los postulantes, “ya deben imaginarse el estilo de trabajo de este grupo” es allí donde se presenta el ciudadano Luis Antonio Aguilar Sanabria como concursante a especialista PAD, encargado de ver todo lo que es el área de computación e informática de la UGEL;  y según Resolución Directoral N° 01472-2011 de fecha 6 de setiembre del 2011 se resuelve nombrar a don Luis Antonio Aguilar Sanabria con tirulo profesional de Tecnico en Computación e Informática en el Cargo de Técnico administrativo de la Sede Administrativa de la Ugel , ubicado en el grupo Ocupacional Técnico E, a partir del 6 de set. Del 2011. Pero o sorpresa.
Para dicho cargo la ley establece:
1.- El señor Aguilar Sanabria a sido nombrado con titulo de Tecnico en Computacion e informática, otorgado por el Instituto Superior Tecnológico Privado “COMPUTRONIC TECH” cuando para dicho cargo se requiere poseer TITULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO.
No habrán tenido conocimiento de esta norma los miembros de la comisión, o es que de por medio funciono los grandes faenones y aceitadas que nos tiene acostumbrado las comisiones de esta institución …….!!!????
2.- Otro de los requisitos para el nombramiento es tener tres años continuos y acumulados por servicios personales conforme al perfil del puesto de trabajo, tampoco cumple con las disposiciones establecidas en el DS n° 111-20110-PCM.
Y para mayor veracidad el Jefe de Personal Félix Briseño Samaniego  pide al Ministerio de Educación la consulta del caso, y esta entidad contesta dicho documento con una rotunda Declaración de improcedente.
Transcripción textual del Ministerio de Educación:
------ CONFORME AL ARTICULO 202° DE LA LEY 27444, DE OFICIO DEBE DECLARARSE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 01472-2011 DE FECHA 06 DE SETIEMBRE DEL 2011
------ DE LAS ACCIONES QUE ADOPTE SU DESPACHO, SIRVASE ALCANZAR LA INFORMNACION….!!!

QUE DICE EL SUSODICHO LUIS AGUILAR?
QUE MANIFIESTA EL MIOPE SARAVIA SANTISTEBAN?
QUE DICE EL HIBRIDO CHIFAY? Y HABLAREMOS DE SU PROCEDER..!!
QUE DICE EL JEFE DE PERSONAL? EL QUE SE ATREVIO A PONER SOBRE EL TAPETE EL TEMA?
QUE DICE LA Comisión DE FISCALIZACION DEL CONGRESO? Que dicho sea de paso estuvo presente en dicha institución (UGEL 13 YAUYOS) para ver este caso..!
Le informaremos en su totalidad …!!!!
VEA USTED EL DOCUMENTO COMPLETO hacer clik aqui

Reunión se llevó a cabo en Lunahuaná con vecinos del anexo de Lúcumo
Orlando De la Cruz, en declaraciones a la prensa, ante la
atenta mirada de Gumercindo Centeno del Frente de Defensa
de la Provincia de Yauyos
El día 17 del presente autoridades locales y pobladores convocados por la Comisión de representantes del Anexo Lúcumo Lunahuaná presidido por don Francisco Sánchez, se hicieron presentes en el auditorio de la Municipalidad Distrital para tratar sobre las pretensiones de exploración minera de parte de la transnacional canadiense INMET PERU, ante solicitud de sus representantes.
Lamentablemente de manera irrespetuosa no se hizo presente su representante legal ingeniero Percy Arhuata, no obstant se hizo la comunicación oportuna de los dirigentes de Lunahuaná mediante Oficio de fecha 03 Enero en donde le comunican que no dialogarán con la relacionista comunitaria Sra. Pilar Campana, funcionaria de segundo nivel.
Esta acción al margen de ser una falta de respeto al pueblo de Lunahuaná, fue considerado como un acto de provocación al presentarse a esta reunión la referida relacionista comunitaria, persona que en todo momento desde su aparición en el 2010 por el Anexo Lúcumo no ha sido transparente, ha pretendido siempre dividir al pueblo ofreciendo dadivas y lo que es colmo a los pobladores y sus dirigentes fue su última acción de pretender enfrentar al alcalde (Luis Conislla) con el pueblo al difundir cuadros en las que consigna que la gestión municipal, actual en el periodo 2011-201, habría recibido de esta minera la suma de S/.50,000, hecho que el alcalde ha desmentido públicamente y que en esta reunión en la que estuvo como una simple asistente más-
El alcalde la invito para que aclare, nerviosa y sin argumentos válidos quiso desviar la atención lo que dio motivos para que el dirigente Orlando De la Cruz, intervenga y pida que se refiera al punto y al no poder esta sustentar su sicosocial y caer en contradicciones, De la Cruz de manera contundente ante el auditorio, declaró Persona No grata a Pilar Campana, relacionista comunitaria que llena de nerviosismo tuvo que agachar la cabeza de vergüenza, no era para menos si todos los participantes de manera unánime están en contra de las pretensiones de esta minera en Lunahuaná y apoyan lo disertado por De la Cruz, en el sentido que es considerada como una de las actividades más contaminantes en el mundo.
En esta reunión también estuvieron presentes el Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete, Ítalo Maldonado y Presidente del Frente de Defensa de la Provincia de Yauyos, Gumercindo Centeno, quienes coincidieron en señalar que apoyaran la lucha que emprenda el pueblo de Lunahuaná en defensa de su medio ambiente, recursos naturales, agricultura, turismo y fundamentalmente en defensa de las aguas del rio Cañete- Yauyos, cuyo principal afectado será la población de la provincia cañetana.
A su turno el Agente Municipal del Anexo Paullo, Señor Ramón Rivas, denunció que en su anexo existe el denuncio minero EL PINO y que tienen el mismo problema, por lo que coincide en que se consolide el FRENTE DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE LUNAHUANA, que dicho sea de paso está en pleno proceso de constitución para adquirir su personería jurídica.
Finalmente los dirigentes de Lúcumo: Francisco Sánchez, Salomón Guerrero y Orlando De La Cruz en entrevista a los periodistas Wilfredo Cayllahua y Juan Valeriio, para los medios de la provincia de Cañete, señalaron que a mediados del mes de Febrero convocaran a los empresarios turísticos, agrícolas, vitivinícolas y pobladores de todos los anexos para tomar decisiones sobre la amenaza de esta minera.
Asimismo solicitarán copia de todo lo actuado por esta minera ante el Ministerio de Energía y Minas para tomar acciones que permitan anular las autorizaciones otorgadas por la serie de irregularidades que se han cometido, que consolidarán el Frente de Defensa y que ante el pedido de la asistente Sra. Campana para futura reunión con representantes de INMET, manifestaron que por ser interés de ellos, esta debe ser solicitada por la minera que asegure la presencia de su gerente y que podría realizarse en el mes de Abril, por razones que para esa fecha han comprometido su visita los dirigentes aymaras e indigenas en cumplimiento a los acuerdos tomados en la I Asamblea Nacional de los Pueblos del Perú y el Tahuantinsuyo realizado en Cajamarca con relación a la formación de frentes de defensas en todos los distritos del país. (Nohemí Flores)

El Gobernador Provincial de Cañete, Carlos Quinto, tendrá mucho que explicar. Fue filamdo bebiendo licor en las instalaciones de la gobernación provincial de Cañete en compañía de dos féminas.

miércoles, 23 de enero de 2013

ALLLAUCA ES UN DISTRITO MAS QUE SE UNE A LA REVOCATORIA ESTE AÑO....


Revocatoria en Distrito de Ayauca, Provincia de Yauyos. Otro Distrito que se suma a la lista de vecinos descontentos con sus autoridades edilicias, conformado por el alcalde y los cinco regidores.

Es preciso indicar que el promotor de la revocatoria es el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, quién no está de acuerdo con el alcalde Freddy Herline Zavala Gago, y sus regidores, Venancio Esteban Quispe Toribio, Félix Rossine Ramos Rodríguez, Vicitación Vidal Cabello Arteaga, Ritta Gaby Gaspar Casavilca, Leonardo Saúl Torres Suárez.

De otro lado, vecinos del distrito en mención señalan que personas ligadas al alcalde vienen circulando una errónea información, sobre la no realización de la consulta popular de revocatoria, por lo que en el presente artículo, ratificamos que en el Distrito de Ayauca, si se llevará a cabo la revocatoria.

Sobre el cuestionado alcalde, el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, comentó
"Como es posible que en lugar de entregar regalos a los pobladores de Ayauca, el alcalde Herline Zavala, se dirija con regalos a otros distritos como Pilas, donde el 26 de Diciembre para la fiesta de las pastoras se dio el lujo de entregar panetones.

Es materia de investigación si el alcalde viajó a Pilas con la camioneta de la Municipalidad o con la de algún proveedor. 

En la foto, el burgomaestre con botella de cerveza en mano hace entrega de panetones a la cantante "Flor Pileña".
Será que es bondadoso o pretendería  postular al sillón Provincial de Yauyos en las próximas elecciones municipales, Si con su distrito no puede menos podrá con su provincia?

http://2.bp.blogspot.com/-nWwxTn_5_jA/UQDKoJC4WyI/AAAAAAAAF-E/3rSHUR4KS3U/s400/4.jpg




Jefe de Personal, habría sido victima de multiples denuncias, con el fin de sacarlos del cargo, por temor a que se investiguen los nombramientos irregulares……….

Mas información mañana con documentos que sustentan los casos…….

NIVEL SECUNDARIA


NIVEL PRIMARIA


NIVEL INICIAL

viernes, 18 de enero de 2013

Huaicos aíslan a pobladores de tres distritos de Yauyos



Huaicos aíslan a pobladores de tres distritos de Yauyos
Fuente: RPP | Créditos: Referencial
Antes del deslizamiento de piedras y lodo, se registró una lluvia de más de 20 horas, según informaron los pobladores.
La caída de varios huaicos han dejado incomunicados a los pobladores de los distritos de Cacra, Lincha y Hongos en la provincia de Yauyos (Lima).
Algunos tramos de la carretera que los une se han dañado, impidiendo el acceso vehicular.
Los pobladores indicaron que antes del deslizamiento de las piedras y lodo, el lugar soportó una lluvia de más de 20 horas, por lo que solicitan urgente ayuda de las autoridades.
Lea más noticias de la región Lima


Puente Colonial  del Centro Poblado de Vilca

Veintiocho de los recursos turísticos de la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas fueron validados por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo de Junín y Lima Provincias; mientras que 21 de estos fueron priorizados para potenciar su actividad turística en el país.

Entre estos recursos en la provincia de Lima se encuentran: el Pueblo de Carania, Pueblo de Huantan, Laguna de Luncho, Pueblo de Vitis, Mirador de Huallugina,  Laguna Piquecocha, Pueblo de Huancaya, Puente Centenario de Huancaya, Bosque del Amor en Vilca, Pueblo de Vilca, Laguna Huallhua, Pueblo de Laraos, Laguna de Pumacocha, Laguna de Cochapampa, Andenerías de Laraos, Mirador de Shutco.

Por el lado de Junín se destacaron y validaron los recursos turísticos de Rodal de Puyas de Raimondi, Pinturas Rupestres de Helenapuquio, Centro Arqueológico de Cori Vinchos, Cañon de Shucto, Sais Túpac Amaru de Pachacayo, Rio Cochas,  Pueblo Histórico de Llocllapampa, Baños Termales de Huajal, Baños Termales de Huiscapuquio, Sitio Arqueológico de Aúpa Casa Blanca y la Festividad de la Cruz de Mayo de Canchayllo.

Con este reconocimiento se busca dar a conocer el patrimonio turístico del Área Natural Protegida de acuerdo al nivel de importancia y continuar con el desarrollo planificado de la actividad turística en la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas, cumpliendo las condiciones adecuadas  para formular proyectos de Inversión en turismo.

Este trabajo se desarrolló con la participación del personal del SERNANP, el presidente de la asociación de  turismo rural comunitario, autoridades de los distritos y comunidades, bajo la supervisión y asistencia técnica de los especialistas de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo – DIRCETUR de Junín y Lima Provincias.
Pueblo Antiguo de Huaquis  -Distrito de Miraflores


Abel Anton Levano
Después de casi un mes de desaparecido hoy Jueves 17 de Enero a las 10:30 am; el cuerpo de Carlos Rivera Chávez, de unos 28 años de edad, natural de Yauyos del sector del Puente Auco. Familiar indica que Carlos Rivera Chávez se metió a bañar al rio como de costumbres, pero en esta oportunidad no fue favorable ya que el incremento de agua en el rio, había aumentado su caudal es por eso que su cuerpo fue arrastrado hasta la Bocatoma de Agua de Nuevo Imperial, quedando atrapado, entre troncos, cañas y desechos en una de las Compuertas de la Bocatoma Nuevo Imperial.
Los Bomberos Voluntario de la 49 de Cañete, tuvieron la misión de rescatar el cadáver, atrapado en las compuertas, el rescate duro casi una hora y media, donde los bomberos de la 49 de C
Pese a esconder los libros de la Municipalidad, por miedo a ser vacado, al Alcalde no le quedo otra cosa mas que andar con los libros del Registro civil , cargados con el .... mismo TORTUNINJA,... es asi que el Pleno del Jurado de Elecciones no archivo el caso y mando sesionar de nuevo ,,, pero esta vez, el alcalde se tendra que presentar si o si, pues su conducta podria dirivar una sancion penal.
veamos el integro de la resolucion.



Expediente N.º J-2012-01233

TAURIPAMPA - YAUYOS - LIMA


                                                              Lima, diecinueve de diciembre de dos mil doce
 

VISTO en audiencia pública del 19 de diciembre de 2012, el recurso de apelación interpuesto por Fulgencio Saavedra Ferrer contra el acuerdo de concejo emitido en sesión extraordinaria llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012, en la cual se declaró su vacancia del cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 


ANTECEDENTES

 

Solicitud de vacancia

 

Con fecha 20 de junio de 2012, Pedro Teófilo Escalante Napán solicitó la vacancia de Fulgencio Saavedra Ferrer, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, por considerar que este incurrió en nepotismo al contratar los servicios de su sobrino Tadeo Saavedra Lorenzo Ítalo como registrador civil de su distrito.

Mediante Auto N.° 1, emitido en el Expediente N.° J-2012-00838, este colegiado resolvió trasladar la solicitud de vacancia presentada por Pedro Teófilo Escalante Napán y se remitieran los autos correspondientes al Concejo Distrital de Tauripampa.

En Sesión Ordinaria de Concejo N.° 17, se hizo lectura de los oficios N.° 3345-2012-SG/JNE y N.° 3505-2012-SG/JNE, por los cuales se requirió, tanto al alcalde como al gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, a que cumplieran con informar sobre la tramitación de la solicitud de vacancia presentada por Pedro Teófilo Escalante Napán, ante lo cual se acordó que se efectuara la tramitación correspondiente.

 

Posición del Concejo Distrital de Tauripampa

 

En sesión extraordinaria, llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012, el Concejo Distrital de Tauripampa acordó declarar fundada la solicitud de vacancia contra el alcalde Fulgencio Saavedra Ferrer. Dicha sesión de concejo fue convocada y presidida por el teniente alcalde Andrés Moisés Muñoz Román.

 

Sobre el recurso de apelación

 

Con fecha 21 de febrero de 2012, Fulgencio Saavedra Ferrer interpuso recurso de apelación contra el acuerdo de concejo emitido en la sesión extraordinaria llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012, el cual fue fundamentado mediante escrito presentado el 26 de setiembre de 2012, sobre la base de los siguientes argumentos:

 

a)    El primer regidor del Concejo Distrital de Tauripampa, atentando contra el debido proceso, convocó a sesión extraordinaria de concejo para el 18 de setiembre de 2012, no citando a la misma a Fulgencio Saavedra Ferrer.

 

b)    El primer regidor, al presidir la sesión extraordinaria de concejo, estaba desempeñando funciones de alcalde, por lo que estaba prohibido de emitir voto, sin el cual no se hubiera logrado la mayoría requerida para declarar la vacancia de Fulgencio Saavedra Ferrer.

   

CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

 

La materia controvertida en el presente caso es determinar si Fulgencio Saavedra Ferrer, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, fue debidamente convocado a la sesión extraordinaria llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012, en la que se declaró su vacancia, y si el primer regidor al presidir dicha sesión se encontraba facultado para emitir voto.

 

CONSIDERANDOS

 

Respecto al principio del debido procedimiento

 

1.    Conforme a lo establecido en el artículo 230 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el debido procedimiento es uno de los principios por los que está regida la potestad sancionadora.

 

Vistas las cosas desde el prisma de los derechos constitucionales, en el procedimiento y la decisión de vacancia deben respetarse los principios y derechos que integran el debido proceso, especialmente los señalados en los artículos 2 y 139 de la Constitución Política. Ahora, si bien es claro que estas garantías gozan del máximo predicamento posible en el seno de los procesos jurisdiccionales, ello no merma su exigibilidad en los procedimientos administrativos de vacancia que residen en los concejos municipales. En tal sentido, es exigible, sin duda, una adecuada motivación de la decisión de declarar la vacancia o no a la autoridad municipal.

 

2.    Se debe tener presente, además, que la decisión tomada por un órgano colegiado, como en este caso lo es el concejo municipal, plasmada en un acuerdo de sesión de concejo, es un acto que se emite en mérito a la valoración de diversos medios probatorios, ya sea presentados por las partes o de oficio; así, estos forman parte del sustento de tal decisión, la que podrá ser impugnada por los interesados, quienes deberán contar con los instrumentos necesarios para ejercer su derecho de defensa, por lo que se hace indispensable la debida notificación, tanto de la convocatoria a la sesión como del referido acuerdo, pues es en la sesión de concejo en donde se efectuará dicha valoración.

 

3.    Asimismo, el acto de notificación es una de las manifestaciones del debido procedimiento, pues asegura el derecho de defensa y contradicción de los administrados y constituye un derecho y una garantía jurídica frente a las decisiones adoptadas por la Administración. Así, en aquellos actos que son susceptibles de la interposición de recursos impugnatorios es obligatorio realizar la notificación, toda vez que uno de los efectos que esta produce es el inicio del cómputo de los plazos correspondientes, además de la necesidad de permitir el pleno ejercicio del derecho de defensa de la parte afectada.

 

Análisis del caso

 

4.    Con fecha 10 de setiembre de 2012, el primer regidor del Concejo Distrital de Tauripampa convocó a sesión extraordinaria de concejo para el 18 de setiembre de 2012, a fin de tratar la solicitud de vacancia presentada por Pedro Teófilo Escalante Napán. Sin embargo, no se advierte que se haya realizado debidamente la respectiva convocatoria hacia el alcalde cuestionado, conforme a lo estipulado en el artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N.° 27444, pues la citación dirigida a dicha autoridad fue remitida a la mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Tauripampa en la fecha antes mencionada, no acreditándose que se haya efectuado la correspondiente notificación personal conforme a ley.

 

5.    Cabe señalar que, con fecha 18 de setiembre de 2012, se llevó a cabo la sesión extraordinaria antes referida, la misma que fue presidida por el teniente alcalde y contó con la presencia de tres regidores, acordándose declarar fundada la solicitud de vacancia contra el alcalde Fulgencio Saavedra Ferrer. No obstante, se advierte que, con fecha 17 de setiembre de 2012, el gerente municipal Max Ricardo Valeriano Arbizú fue notificado, mediante Oficio N.° 3924-2012-SG/JNE, del Auto N.° 1, emitido en el Expediente N.° J-2012-00838, que ordenó el traslado de la solicitud de vacancia presentada por Pedro Teófilo Escalante Napán, y además, le fueron remitidos los juegos de copias correspondientes para que dicho funcionario procediera a notificar a los miembros del Concejo Distrital de Tauripampa con tales documentos, diligencia que se llevó a cabo el 19 y 20 de setiembre de 2012. Así, el alcalde Fulgencio Saavedra Ferrer fue notificado de la solicitud de vacancia en su contra, con fecha 19 de setiembre de 2012, es decir, con posterioridad a la sesión extraordinaria de concejo llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012, en la que se declaró su vacancia.

 

6.    De acuerdo a lo establecido en el artículo 173 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria en el presente caso, la declaración de nulidad de un acto procesal no alcanza a los anteriores ni a los posteriores que sean independientes de aquel. En el presente caso, la convocatoria a la sesión extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia del alcalde Fulgencio Saavedra Ferrer no se llevó a cabo en su debida oportunidad, situación que no solo conlleva a declarar la nulidad de dicho acto sino de los realizados con posterioridad a este (actos procedimentales vinculados), pues la finalidad de la referida convocatoria era poner en conocimiento del alcalde cuestionado que se había programado una sesión extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia en su contra, y al no darse ello tal autoridad quedó en indefensión y, por ende, se vulneró su derecho al debido procedimiento. Así, en consideración de que una de las funciones del Jurado Nacional de Elecciones es administrar justicia y fiscalizar la legalidad en materia electoral, conforme a lo estipulado en el artículo 178, numeral 4, de la Constitución Política del Perú, corresponde a este órgano colegiado, declarar la nulidad del procedimiento de vacancia a partir de la convocatoria a la sesión extraordinaria llevada a cabo el 18 de setiembre de 2012.

 

CONCLUSIÓN

 

Por lo expuesto, este órgano colegiado concluye que el procedimiento de vacancia materia de análisis no se ha tramitado conforme a las reglas del debido procedimiento.

 

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

 

RESUELVE

 

Artículo primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia contra Fulgencio Saavedra Ferrer, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, por infracción del artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades, debiéndose renovar los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la respectiva sesión extraordinaria.

 

Artículo segundo.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, provincia de Yauyos, departamento de Lima, a que cumpla, en el plazo de cinco días hábiles luego de notificada la presente resolución, con convocar a nueva sesión extraordinaria, a efectos de tratar la solicitud de vacancia presentada por Pedro Teófilo Escalante Napán, bajo apercibimiento de cursar copias al Ministerio Público para que evalúe sus conductas con relación al artículo 377 del Código Penal. Posteriormente, deberá cumplir con lo siguiente:

 

Se deberá tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones:

 

1.    Convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de cinco días hábiles luego de notificada la presente. Dicha sesión extraordinaria debe llevarse a cabo dentro de los 10 días hábiles siguientes a su convocatoria. En el caso de que el alcalde no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesión extraordinaria, previa notificación escrita al alcalde, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Cabe señalar que entre la notificación de la convocatoria y la sesión extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco días hábiles.

 

2.    Asistir obligatoriamente a la sesión de concejo, en virtud de lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 10 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento será motivo de responsabilidad funcional.

 

3.    Consignar en el acta de la sesión convocada las firmas de todos los asistentes al acto señalado.

 

4.    Remitir la constancia o resolución que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no haya sido materia de impugnación, para proceder al archivo del presente expediente.

 

5.    Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo máximo de tres días hábiles luego de presentado el recurso de apelación y cumplir con la remisión de la siguiente documentación:

 

5.1.    Las constancias de notificación, al miembro afectado del concejo y al solicitante, de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideración.

 

5.2.    Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideración solicitada.

 

5.3.    El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelación, equivalente al 3% de la unidad impositiva tributaria (S/.109,50).

 

SS.

 

TÁVARA CÓRDOVA

PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO


LEGUA AGUIRRE


VELARDE URDANIVIA



Bravo Basaldúa

Secretario General                                                                                                        

jrm

     .." DE TODOS LOS DISTRITOS "??"

       

de vuelta al barrunto..!

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